La Justicia de Cañada de Gómez falló a favor de Defensores de Armstrong en una demanda basada en la Ley Giaccone. El club santafesino reclamó la compensación económica por la formación deportiva del exmediocampista cuando firmó contrato con el Canalla en 2018.
El Club Atlético Rosario Central fue condenado por la Justicia a pagar una indemnización en dólares al Club Atlético Defensores de Armstrong por los derechos de formación del exfutbolista Fabián Andrés Rinaudo.
La sentencia fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de Cañada de Gómez, que hizo lugar a la demanda presentada por la institución santafesina en el marco de la Ley Nacional 27.211, conocida como Ley Giaccone.
El reclamo judicial se originó a partir de la formación deportiva del exvolante, quien pasó por Defensores de Armstrong durante diez años, entre abril de 1995 y abril de 2005, antes de continuar su carrera en Gimnasia y Esgrima La Plata.
Según se acreditó en el expediente, el derecho del club formador a percibir la compensación económica se activó a finales de 2018, cuando Rinaudo firmó un nuevo contrato profesional con Rosario Central.
En ese contexto, la pericia contable incorporada a la causa determinó que la base de cálculo de la indemnización debía fijarse en un millón de dólares, monto correspondiente al valor neto estipulado en transferencias previas de los derechos federativos del futbolista.
A partir de esa evaluación, la jueza Carolina Lucía Kauffeler resolvió que a Defensores de Armstrong le correspondía percibir el equivalente al 4,68% de dicha suma, es decir, 46.800 dólares.
Además, el fallo estableció que Rosario Central deberá abonar un interés anual del 6% calculado desde el momento de la mora, fijada 30 días después de la firma del contrato que originó el beneficio económico para la institución formadora.
Asimismo, la resolución judicial indicó que el club de Arroyito contará con un plazo legal de 20 días para cancelar la deuda una vez que sea notificado formalmente de la sentencia.
En relación con la modalidad de pago, la magistrada dispuso que el monto deberá abonarse en dólares estadounidenses o, en su defecto, en pesos argentinos tomando la cotización del dólar comprador del Banco Nación.
Por otra parte, el fallo también impuso a Rosario Central el pago total de las costas judiciales derivadas del proceso.
La Ley 27.211, sancionada por el Congreso Nacional en noviembre de 2015, reconoce el derecho de los clubes formadores a recibir una compensación económica cuando un deportista profesional firma contratos o realiza transferencias, con el objetivo de fortalecer el trabajo de las instituciones que intervienen en las etapas iniciales de formación de los jugadores.
Algo en Común El diario de Rosario