El Concejo aprobó un pedido de informes sobre el funcionamiento de los Food-trucks

Expediente 260370 de la concejala Gigliani.

El Concejo municipal aprobó un pedido de informes de la edila María Fernanda Gigliani, de Iniciativa Popular, a través de un decreto que encomienda al Departamento Ejecutivo diversa información sobre los camiones de venta de comida en la vía pública conocidos como food-trucks, regulados por la ordenanza N° 7.703/04, su modificatoria N° 9.444/15 y el decreto reglamentario N° 2.711/16.

Se solicita la nómina de permisos con fecha y modalidad de otorgamiento; persona física o jurídica titular del mismo; razón social, denominación comercial y/o nombre de fantasía; nómina del personal y la acreditación de formación en gastronomía expedida por institución autorizada y oferta gastronómica.

Asimismo, se consulta sobre el registro de postulantes; si se ha establecido el pago de un canon por la publicidad en la vía pública; análisis realizado por la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Rosario respecto a la suma anual que deben tributar anualmente los camiones de comida gourmet, y si hay alternativas a la rotación de los camiones gourmet.

Por otra parte, se pregunta “si los camiones gourmet que trabajan bajo la modalidad food-trucks y que elaboran alimentos a partir de la utilización de gas envasado se encuentran autorizados, y de ser así, en virtud de qué normativa, acto administrativo, u otro instrumento fueron habilitados o están funcionando”. También se inquiere si existen convocatorias a los propietarios de camiones gourmet a eventos organizados por la Municipalidad y cuáles son los criterios implementados para las mismas.

Hablaron sobre el expediente la concejala Gigliani; el concejal Carlos Cardozo, de Juntos por el Cambio, y la edila Caren Tepp, de Ciudad Futura-FSP.

D E C R E T O

Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la repartición que corresponda, informe con relación a la modalidad de comercio de comida en la vía pública prestado por camiones denominados Food Trucks, regulada por la Ordenanza Nº7.703/04, su modificatoria Ord. Nº9.444/15 y su Decreto Reglamentario Nº2.711/16, lo que a continuación se indica:

1-Nómina de permisos detallando en cada caso:

a. Fecha de otorgamiento.

b. Modalidad bajo la cual fue otorgado.

c. Persona física o jurídica titular del permiso. Razón social, denominación comercial y/o nombre de fantasía; Nómina de personal y acreditación de formación en gastronomía expedida por institución autorizada.

d. Oferta gastronómica.

2. Registro de postulantes.

3.Si se ha establecido el pago de un canon por publicidad en vía pública.

4.Monto percibido y/o devengado a favor de la Municipalidad en concepto de lo establecido por el Art. 20º del Decreto Reglamentario Nº2.711/16.

5.Análisis realizado por la Facultad de Ciencias Económicas de la U.N.R, según lo establecido por el art. 18º, inc. c) de la Ordenanza Nº7.703/04.

6. Si hay alternativa a la rotación de los camiones gourmet en los puntos establecidos en la Ordenanza.

7. Si los camiones gourmet que trabajan bajo la modalidad Food Trucks y que elaboran alimentos a partir de la utilización de gas envasado, se encuentran autorizados.

8. De ser así, en virtud de qué normativa, acto administrativo, u otro instrumento, fueron habilitados o están funcionando.

9. Si existen convocatorias a los propietarios de camiones gourmet a eventos organizados por la Municipalidad. En caso afirmativo, cuáles son los criterios implementados para las mismas.