Expediente 277028 del concejal Leonardo Caruana
La iniciativa, impulsada por el concejal Leonardo Caruana, se implementará en los seis distritos de la ciudad y buscará alfabetizar en IA a adultos mayores mediante talleres prácticos, actividades recreativas y espacios comunitarios accesibles.
Por: Jorge Díaz – cronista parlamentario.
En una nueva apuesta por la democratización del acceso al conocimiento, el Concejo Municipal aprobó la creación del Programa Municipal de Inteligencia Artificial para Personas Mayores, una iniciativa impulsada por el concejal Leonardo Caruana. La propuesta, que se desarrollará de manera descentralizada en los seis distritos de Rosario, apunta a reducir la brecha digital y garantizar que la revolución tecnológica también incluya a los adultos mayores de la ciudad.
Para contextualizar, el proyecto se enmarca en los principios de la Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores, ratificada por Argentina, que exige promover la participación y el acceso pleno a los avances científicos y tecnológicos. Asimismo, se apoya en lineamientos de la OMS, especialmente en su plan para el Decenio del Envejecimiento Saludable 2020-2030, que impulsa ciudades inclusivas y amigables.
En este sentido, Rosario sostiene una larga tradición de políticas públicas innovadoras y descentralizadas. Por ello, el nuevo programa busca fortalecer esa línea de acción mediante talleres, capacitaciones y actividades lúdicas, que permitirán a las personas mayores incorporar nociones básicas de inteligencia artificial y aplicarlas a su vida cotidiana.
Además, el proyecto plantea como ejes centrales el uso ético y seguro de la tecnología, la promoción de la autonomía y la integración comunitaria. Para lograrlo, las actividades se desarrollarán en espacios accesibles como estaciones digitales, centros culturales, distritos municipales, escuelas municipales y Centros Cuidar, entre otros que la autoridad de aplicación disponga.
Asimismo, la ordenanza establece que la participación será gratuita y abierta a todas las personas mayores residentes en Rosario, aunque eventualmente podrán fijarse cupos según la infraestructura de cada espacio. El financiamiento provendrá de partidas municipales y de convenios que el Ejecutivo pueda suscribir.
Finalmente, el Departamento Ejecutivo contará con 120 días para implementar la ordenanza, que aspira a convertir a la ciudad en un modelo de inclusión tecnológica y envejecimiento activo, integrando a las personas mayores en una dimensión clave de la vida contemporánea: la inteligencia artificial.
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Creación: Créase el Programa Municipal de Inteligencia Artificial orientado a personas mayores, con funcionamiento descentralizado en los seis distritos de la ciudad.
Artículo 2°.- Objetivo General: Alfabetización en IA para mejorar la calidad de vida de adultos mayores, a través del uso cotidiano y la resolución de actividades recreativas de manera sencilla y práctica.
Artículo 3°.- Objetivos Específicos:
A través del presente Programa se procurará:
a) Brindar nociones básicas de IA y su aplicación a la vida cotidiana.
b) Facilitar autonomía en el uso de tecnologías y aplicaciones a través de un uso práctico de las mismas.
c) Promover un uso seguro, saludable, responsable, ético, crítico y creativo de la IA.
d) Ofrecer talleres y juegos para el disfrute y la socialización.
Artículo 4°.- Autoridad de aplicación:
Será autoridad de aplicación del presente programa la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat a través de la Dirección de Adultas/os Mayores de la Municipalidad de Rosario o la que en futuro la reemplace.
Artículo 5°.- Ámbito de desarrollo:
El presente programa preferentemente se desarrollará en espacios comunitarios dotados de acompañamiento tecnológico adecuado, y con el objetivo de alcanzar el mayor desarrollo territorial, siendo sugerencia los siguientes:
a. Estaciones digitales municipales
b. Centros Culturales Municipales
c. Centros Municipales de Distrito
d. Escuelas Municipales
e. Centros Cuidar
f. Todo otro ámbito donde la autoridad de aplicación defina de acuerdo a los parámetros incluidos en la presente
Artículo 6°.- Contenidos: Se sugiere que el programa pueda contemplar contenidos vinculados con aspectos de conocimiento, información y actividades lúdicas basados en el enfoque de acompañamiento para el acceso digital a personas mayores. En cuanto a los recursos, se recomienda utilizar materiales accesibles, como tutoriales en video, sesiones presenciales o virtuales con acompañamiento y guías didácticas sencillas, que faciliten una práctica asistida y progresiva.
Artículo 7°.- Acceso y gratuidad: La formación brindada por el Programa será gratuita y abierta a todos los adultos mayores residentes en la ciudad de Rosario, pudiendo establecerse cupos dependiendo de las condiciones técnicas y económicas de cada establecimiento.
Artículo 8°.- Financiamiento: Los recursos para la implementación del Programa provendrán de partidas asignadas en el Presupuesto Municipal, así como de que el DEM o la autorida de aplicación suscriba.
Artículo 7°.- Reglamentación: El Departamento Ejecutivo Municipal implementará la presente ordenanza en un plazo máximo de 120 días desde su promulgación.
Algo en Común El diario de Rosario