Expediente 248.596 de la Comisión de Producción y Promoción del Empleo
El cuerpo legislativo manifestó beneplácito en el recinto de sesiones por el pedido de declaración de utilidad pública y sujeta a expropiación de la empresa “Expreso Jupiter”.
VISTO
La reunión de empleados de la empresa el «Expreso Júpiter» con concejales el pasado martes 19 de febrero del corriente año, y;
CONSIDERANDO
Que dichos empleados plantearon la situación precaria en que se encuentra la empresa Expreso Júpiter; Que «con una trayectoria de prestación de servicio en logística, el «Expreso Júpiter» se ocupa del traslado de productos perecederos y mercaderías en general, en el trayecto Rosario-Buenos Aires / Buenos Aires-Rosario, constituyéndose como uno de los Transportes de mayor referencia para la ciudad en las últimas décadas».
Que tras la muerte del último socio fundador, Juan Manuel Fuster, en Septiembre de 2009, la Empresa Júpiter S.R.E., se vio virtualmente paralizada ya que no pudo garantizarse una gerencia conjunta entre los grupos societales herederos, por falta de acuerdo entre los mismos. Lo que condujo a una medida cautelar que dispuso la designación de un veedor judicial que devino posteriormente en un interventor co-administrativo por plazo temporal, con vigencia hasta nuestros días.
Que se declaró el fallo de disolución de la sociedad Empresa de Transportes Júpiter S.R.L., y la consecuente liquidación de la misma en el marco de la Ley N° 19550. Lo que redunda en el perjuicio directo del grupo de trabajadores que desde hace 10 años, mantienen en funcionamiento el servicio de Transporte Júpiter aún, sin la designación formal de una gerencia durante todo este lapso de tiempo.
Que este grupo de trabajadores se ha constituido en Cooperativa de Trabajo gracias al acompañamiento que les ha proporcionado el Ministerio de la Producción de la Provincia de Santa Fe, con el objeto de mantener el ejercicio de la actividad en cuestión que se indica como altamente rentable, según quienes le dan vida a la misma.
Que el «Expreso Júpiter» se constituye como uno de los transportes de referencia para la zona, especialmente para el Paseo Comercial de calle San Luis de la ciudad de Rosario. Dado que su base logística en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra en el barrio La Paternal situado de manera próxima al Barrio de Flores, constituido actualmente en distrito de moda por su corredor de comercios de venta de ropa al por mayor que abastece a gran parte de la región centro de nuestro país.
Que el Diputado Provincial Joaquín Blanco presentó en la Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Fe, en fecha 28 de febrero del corriente año, un proyecto de ley, «por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble sito en Arijón 670 de la ciudad de rosario, el que con sus bienes muebles serán adjudicados a la cooperativa de trabajo expreso Júpiter»;
Por lo expuesto, la Comisión de Producción y Promoción del Empleo se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:
DECLARACIÓN
El Concejo Municipal de Rosario expresa su beneplácito al proyecto de ley, tramitado en expediente N° 36.159 de la Cámara de Diputados de la provincia de Santa fe que declara utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la ciudad de Rosario, departamento Rosario, Sección 05, Manzana 070, Gráfico 028, División 000, SubDivisión 000, sito en Arijón 670, como así también el listado de vehículos detallados; considerando como extensión del objeto de expropiación, los bienes necesarios, complementarios y accesorios, tales como las herramientas, instalaciones y los bienes intangibles, marcas, patentes y habilitaciones necesarias para el desarrollo de las actividades normales y habituales del establecimiento; los que serán adjudicados a la Cooperativa de Trabajo Expreso Júpiter en formación-, con domicilio en la ciudad de Rosario, e inscrita en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES), bajo Expediente N° EX-2018-23120346-APNMGESYA-INAES, con el objeto de contribuir al mantenimiento de los puestos de trabajo vigentes y a la recuperación de la empresa por parte de los trabajadores, según el Artículo 1 de la Ley N° 1371 O «De Protección y Apoyo a las Empresas Recuperadas.