Colocarán cartelería informativa sobre gratuidad de estacionamiento de bicicletas en las cocheras

Expediente 265966 del concejal Salinas.

Del concejal Pedro Salinas, de Ciudad Futura, junto a sus compañeros de bancada, Caren Tepp, Juan Monteverde, Jesica Pellegrini y María Luz Ferradas, se votó una modificación del inciso “k” del artículo 6.4.2.1.1 de la ordenanza Nº 4.975/90, que establece normas especiales para cocheras, por el que se determina que para aquellas que funcionen por hora, que cuenten con más de 20 módulos para dejar vehículos, se exigirá un sitio de estacionamiento gratuito de bicicletas equivalente al 5 por ciento de los mismos, el que deberá estar ubicado en la cercanía de los accesos y contar una estructura de anclaje fijada al suelo cuyo diseño modular tendrá que cumplir con los lineamientos que el Ejecutivo municipal disponga.

Asimismo se precisa que al frente del estacionamiento, en un lugar visible, deberá colocarse un cartel con la leyenda “Acá podes estacionar tu bici” cuyo diseño también lo determinará el Ejecutivo.

Fundamentó la iniciativa el concejal Monteverde.

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Modifíquese el inciso “k” de la Ordenanza Nº 4.975/90 en su Artículo 6.4.2.1.1 “Normas Especiales Para Cocheras”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“La habilitación, renovación de habilitación y/o transferencia de cocheras exigirá, como condición determinante, la existencia de sanitarios con acceso al público y para aquellas que funcionen por hora, que cuenten con más de 20 módulos de estacionamiento, se exigirá un sitio para el estacionamiento gratuito de bicicletas equivalente al 5% de los mismos, los cuales deberán ser del tipo 3 según el Artículo 6.4.1.6.1 de la presente.

Dicho sitio deberá estar ubicado en la cercanía a los accesos y contar con una estructura de anclaje fijada al suelo cuyo diseño modular tendrá que cumplir con los lineamientos que el Ejecutivo Municipal disponga.

En el frente del establecimiento, en un lugar visible, deberá colocarse un cartel con la leyenda “Acá podés estacionar tu bici” cuyo diseño será dispuesto por el Ejecutivo Municipal.”

Artículo 2°.- Incorpórese a la Ordenanza Nº 4.975/90 en su Artículo 6.4.2.2.1. “Normas Especiales Para Playas de Estacionamiento”, el siguiente inciso: “La habilitación, renovación de habilitación y/o transferencia de playas de estacionamiento exigirá, como condición determinante, la existencia de sanitarios con acceso al público y para aquellas que funcionen por hora, que cuenten con más de 20 módulos de estacionamiento, se exigirá un sitio para el estacionamiento gratuito de bicicletas equivalente al 5% de los mismos, los cuales deberán ser del tipo 3 según el Artículo 6.4.1.6.1 de la presente.

Dicho sitio deberá estar ubicado en la cercanía a los accesos y contar con una estructura de anclaje fijada al suelo cuyo diseño modular tendrá que cumplir con los lineamientos que el Ejecutivo Municipal disponga.

En el frente del establecimiento, en un lugar visible, deberá colocarse un cartel con la leyenda “Acá podés estacionar tu bici” cuyo diseño será dispuesto por el Ejecutivo Municipal.”

Artículo 3°.- Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza N° 4052/1986, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Las playas de estacionamiento y cocheras, sean estas municipales o privadas, contempladas en el Reglamento de Edificación en el punto 6.4.2. deberán disponer un sitio para el estacionamiento gratuito de bicicletas, según los criterios establecidos en los puntos 6.4.2.1.1 y 6.4.2.2.1 del mismo”.