A partir de la aprobación de la norma, las heladerías y confiterías de la Ciudad deberán contar con oferta de productos libres de gluten, y para ello deberán cumplir con las normas de manipulación de alimentos necesarias para garantizar la inocuidad de los mismos”.
VISTO
La Ordenanza No 8734/11 » PROTECCION Y ASISTENCIA INTEGRAL PARA CELIACOS, y
CONSIDERANDO
Que la misma establece que los supermercados, los restaurantes y los bares deben tener una oferta para la población celíaca.
Que recientemente también fue aprobada una modificación, que obliga a los kioskos y cantinas escolares a ofrecer alimentos aptos.
Que a pesar de esto, no existe ninguna regulación respecto de las heladerías y confiterías de la Ciudad.
Que en otras ciudades esto se encuentra regulado, como por ejemplo, la vecina localidad de Funes.
Que existen varias heladerías y confiterías en la ciudad que cuentan con oferta de helados sin TACC.
Que el único tratamiento que existe para una persona celíaca es la dieta libre de gluten, y el acceso a los alimentos aptos es determinante a la hora de seguir el plan alimentario correcto.
Es por lo expuesto que esta comisión elevaba para su aprobación el siguiente proyecto de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Agréguese a la Ordenanza 8734/11, un artículo que quedará redactado de la siguiente forma: “Las heladerías y confiterías de la Ciudad deberán contar con oferta de productos libres de gluten, y para ello deberán cumplir con las normas de manipulación de alimentos necesarias para garantizar la inocuidad de los mismos”.
Art. 2º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agreguese al D.M..