Expediente 251.091 del concejal Blanco.
VISTO
El Decreto Nº 54.282 de fecha 25 de Octubre de 2018,y
CONSIDERANDO
Que el mencionado decreto refiere sobre la prórroga del Contrato Vigente del Servicio de Mantenimiento de Señalización Luminosa de Tránsito, Explotación de Sistemas de Detección de Infracciones y Obras Afines.
Que dicha normativa no termina de conformar la esencia y espíritu de los motivos y circunstancias por los cuales se concedió la prórroga.
Que el Decreto Nº 54.282 permite en su redacción la continuidad indefinida del plazo prorrogado, con lo cual carece de sentido práctico por no concluir en un límite temporal que dispare las obligaciones necesarias para cumplir con su objetivo.
Que en reunión conjunta de las comisiones de Obras Públicas, Gobierno, Servicios Públicos Concedidos y Presupuesto y Hacienda, realizado el día 25 de Octubre de 2018, en la cual se debatieron las modificaciones y particularidades respecto del pliego licitatorio para la concesión del servicio de señalización luminosa de tránsito y sistema ITS (semáforos) y luego de alcanzar acuerdo respecto del tema y ante el conocimiento colectivo sobre que el contrato del servicio prestado por la empresa KAPSCH TRAFFICCOM TRANSPORTATION ARGENTINA S.A, se encontraba próximo a vencer, la concejala integrante del bloque socialista confeccionó y envió a la Comisión de Obras Públicas la propuesta de despacho, tendiente a prorrogar el servicio prestado por la empresa, dándole en consecuencia el marco legal necesario para su funcionamiento hasta la concreción de un nuevo contrato al efecto del servicio.
Que los términos particulares acordados tendientes a promover el llamado a licitación, apertura de sobres y adjudicación del nuevo sistema, se fijó en un plazo máximo de 6 meses.
De la lectura de la propuesta de la Concejala mencionada, se advierte que el párrafo fundante del objeto no cumplía con el sentido práctico buscado, al decir en su Artículo 1º: – Dispónese la prórroga del contrato vigente del “Servicio de Atención y Mantenimiento de Señalización Luminosa de Tránsito, Explotación de Sistema de Detección de Infracciones y Obras Afines” por el término de 6 meses o hasta la adjudicación de la nueva licitación.- al concluir de esta forma, se desvanece el plazo y la prórroga toma carácter de tiempo indefinido y sin obligación de cumplimiento; por lo cual se instruye al empleado administrativo de la Comisión de Obras Públicas agregue la frase “lo que fuera anterior” para significar inequívocamente que el plazo pudiera ser menor, pero nunca mayor.
Que una vez modificado el texto, fue ingresado en papel por mesa de entrada con el número 246676-P, para ser incluido y tratado en la sesión ordinaria del mismo día y en el listado de expedientes sobre tablas.
Que además cabe destacar que el expediente antes mencionado, no fue tratado en Labor Parlamentaria y fue derivado directamente para su inclusión en el recinto.
Que tal y como se transcribe en la versión taquigráfica de la sesión, el expediente fue correctamente incluido para su tratamiento y votado favorablemente y por unanimidad sin modificaciones.
Que es evidente que la modificación del texto suprime su objetivo y desobliga a las autoridades municipales sobre el cumplimiento del plazo, y le da a la actual prestataria continuidad indefinida en su prestación, siendo éste un dato no menor que alienta y justifica el presente pedido.
Que resulta importante destacar que habiendo consultado a distintos ediles, se coincide en el hecho de que el texto original mencionado no fue modificado ni debatido en el recinto ya que su objetivo se centraba en otorgar el marco legal para que la actual prestataria, pudiera continuar brindando el servicio por 6 meses y por otro lado acelerar la adjudicación bajo las prerrogativas del nuevo pliego».
Por lo expuesto se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1°.- Disponense la adjudicación de la Licitación del Servicio de Mantenimiento de Señalización Luminosa de Tránsito, Explotación de Sistemas de Detección de Infracciones y Obras Afines conforme al expediente Nº40605/2018, en el plazo perentorio de 30 días hábiles.