Solicitan informes sobre cobro de tarifas en predio de la ex Rural

Proyecto del concejal Rodrigo López Molina

 La tarifa exigida es en algunos casos fija y en otros casos variable, pero que en todos los casos es de un costo elevado a partir de $100.

Roy López Molina

Visto: Los reclamos efectuados por los vecinos que habitan y dejan sus automóviles en las inmediaciones del predio de la ex Sociedad Rural (Bv. Oroño y Bv. 27 de Febrero);

Y considerando: Que desde el 17 de Agosto del presente año, se viene desarrollando en el predio de la ex Sociedad Rural, el espectáculo artístico conocido como “Sep7imo Día” por parte del Circo Du Soleil.

Que en las inmediaciones de la zona, los vecinos que han dejado sus autos, tanto para ver el espectáculo como aquellos que viven por ahí, han denunciado la presencia de cuida coches que exigen el pago de tarifas para poder dejar los vehículos estacionados.

Que la tarifa exigida es en algunos casos fija y en otros casos variable, pero que en todos los casos es de un costo elevado (a partir de $100).

Que se desconoce, cuales son los mecanismos técnicos – legales a través de los cuales se habilitó el cobro de tarifa fija por uso del espacio público, así también se desconoce de que manera se efectuó el cálculo económico financiero mediante el cual se delimitó el monto a pagar.

Que nuestra Ley Orgánica de Municipalidades claramente dispone en su art. 43 que las calles y veredas son bienes públicos, inajenables y fuera del comercio, pudiendo los particulares usar y gozar de dichos bienes sujetándose a las restricciones reglamentarias que se dicten al efecto.

Que en razón de dicha disposición compete al Concejo el otorgamiento de autorizaciones que mpliquen el uso de espacios públicos por parte de particulares tenga o no sentido económico su uso y goce; tal es el caso de los pedidos de corte de calle para manifestaciones públicas y el pedido de permiso de uso del espacio público de plazas de nuestra ciudad.

Que también en el marco del art. 48 de la Ley Orgánica de Municipalidades se declaran impuestos, tasas, derechos, contribuciones y rentas municipales a las provenientes del “estacionamiento de vehículos” y contribución de mejoras “…a la ocupación del suelo y subsuelo de las calles y demás sitios de dominio municipal”; es así que los pliegos para licitar el estacionamiento medido deben obligatoriamente pasar por el Concejo, o por ejemplo a través de la Ord. N° 7810 y modificatorias el cuerpo deliberante ha otorgado la explotación exclusiva para cobro de estacionamiento sobre la calzada en determinada zona, actualizándose la tarifa únicamente por Ordenanza.

Que nuestro municipio no cuenta con Ordenanza que habilite o establezca tarifa alguna por dejar el vehículo en las inmediaciones de la ex Sociedad Rural, es por ello que la situación que se presenta ante los vecinos de la ciudad carece de sustento legal, es decir es una actividad que carece de licitud.

Que en reiteradas oportunidades el D.E.M burla la Ley Orgánica de Municipalidades, otorgando la explotación económica exclusiva de una zona de la ciudad mediante convenios que no son sometidos ante este cuerpo, implicando el otorgamiento del cobro sobre uso de espacio público a entidades privadas, como sucedió en la Feria de las Colectividades del año 2017.

Que el D.E.M, al omitir someter dichos convenios o acuerdos a la aprobación del Concejo Municipal, genera incertidumbre a los vecinos que se ven sometidos a tener que pagar tarifas por estacionar los vehículos en determinadas zonas de forma repentina sin previo aviso; tal es así que no hay norma oficial que indique porque se cobra determinada tarifa, tampoco sabe el ciudadano si lo que paga es lo “autorizado” por el Estado Municipal, y menos aún cual es la zona y los horarios delimitados ni que personal tiene a su cargo el control, ordenamiento y seguridad de los vehículos.

Que este pedido de informes, busca obtener explicaciones de porque la Intendencia admite la privatización de bienes de uso público sin someterlo a tratamiento del Concejo, generando una situación que a priori no está encuadrada en la ley.

Es por todo lo expuesto que el Concejal abajo firmante, propone para su tratamiento y posterior aprobación el proyecto de:

DECRETO

Artículo 1. Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la repartición que corresponda, proceda a informar en un periodo que no exceda los 15 días de aprobado el presente, lo siguiente:

  1. Bajo que modalidad se ha autorizado la presencia y el cobro de tarifas en las inmediaciones del predio de la ex Sociedad Rural;
  2. Sobre que Ordenanza emitida por el Concejo Municipal se enmarca la autorización para el cobro de tarifas por estacionamiento en la vía pública en las inmediaciones del predio de la ex Sociedad Rural;
  3. Cual es la zona delimitada, en inmediaciones del predio de la ex Sociedad Rural, para cobro del estacionamiento en las condiciones mencionadas;
  4. Quienes tienen a su cargo la recaudación de la tarifa establecida, y cuantas personas llevan adelante la recaudación;
  5. Cuanto es la tarifa autorizada para cobro, y bajo que parámetros técnicos – financieros se determinó ese monto;
  6. De que manera la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana Municipal efectúa el control de las tarifas cobradas y la identificación de las personas que cobran;
  7. Si es el particular autorizado el que realiza la recaudación de la tarifa o es el D.E.M a través de alguna repartición pública;
  8. Cuales son las razones por las cuales no se ha sometido el otorgamiento de uso y explotación de espacio público a particulares, a consideración del Concejo Municipal;
  9. De que manera ha informado a la ciudadanía la implementación de esta modalidad de cobro por estacionamiento en la vía pública.

Artículo 2. Remita copia certificada del instrumento de referencia mencionado en el artículo anterior.-