Solicitan informes al ejecutivo sobre la empresa Cabify

 Expediente 256281 del concejal Toniolli.

 

VISTO:

La Campaña impulsada por la Empresa ‘Cabify’ en su página oficial y en la aplicación móvil, para inscribir conductores a su plataforma, y

CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 28º de la Ordenanza Nº 7.369 se establece que las agencias de remises inscriptas ‘deberán prestar servicio, únicamente, con vehículos habilitados como remises por el Organismo de Aplicación, no pudiendo compartir sus servicios con otros transportes de pasajeros’.

 

Que los taxis y remises son definidos en sus respectivas Ordenanzas regulatorias (Nº 2.649 y Nº 7.369) como servicios públicos por lo que es necesaria la presencia del Estado local en la definición de las reglas por las cuales se rige su funcionamiento y en el control de su cumplimiento, para garantizar la igualdad, continuidad y regularidad del servicio, y para lograr una Ciudad con una movilidad más eficiente, no pudiendo delegarle esta función a empresas privadas que priorizan el lucro propio.

 

Que al poco tiempo de ser habilitada como remisería, la Municipalidad de Rosario detectó que la Empresa Cabify despachaba viajes de remises, de taxis e incluso de automóviles particulares, situación que derivó en la suspensión de su habilitación, y luego en un proceso judicial a partir de un amparo presentado por la Empresa.

 

Que la Jueza Lucrecia Mantello, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 5 de Rosario, admitió la acción de amparo presentada por Cabify contra la Municipalidad de Rosario, al considerar que había sido suspendida e inhabilitada sin ser previamente informada sobre los motivos.

 

Que hoy Cabify se encuentra en la búsqueda activa de choferes en Rosario para operar enviando el siguiente mensaje: ‘Hola! Te escribo para contarte que Cabify está buscando conductores para la ciudad de Rosario. Sumate a trabajar con Cabify, podrás manejar tus horarios y ganar hasta $25.000 semanales. También podrás disfrutar del paquete de beneficios exclusivo para conductores de Cabify. Contactate con nosotros a través de este WhatsApp o al 3415605602 para tramitar tu alta. https://cabify.com/ar/conductores. Saludos!’

 

Que en fecha de 4 de marzo de 2020 este Cuerpoaprobó el Decreto Nº 58.355, que solicitaba informes sobre: ‘Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la repartición que corresponda, en un plazo no menor a quince (15) días, remita a este Cuerpo toda la información detallada a continuación:

 

  1. Eleve el expediente administrativo llevado adelante contra la empresa Cabify.
  2. Informe relativo a la causa y situación judicial en relación al fallo ordenado por la Dra. Lucrecia Mantello, como así también cuál va a ser el accionar de la Municipalidad en consecuencia, y si se apeló dicho fallo.
  3. Informe bajo qué condiciones volverá a funcionar nuevamente la empresa Cabify y las condiciones de su habilitación.
  4. Informe las acciones administrativas y judiciales llevadas adelante por la Municipalidad contra la empresa, por haber continuado prestando el servicio pese a encontrarse inhabilitada en su momento’.

 

Que el Decreto Nº 58.355 no fue respondido por el D.E.M.

Que recientemente la ‘Unión de Agencias de Remises y Transporte Especial’ ha denunciado la utilización de al menos dos automóviles sin licencia de remises por parte de la agencia ‘Cabify’ (identificados con el dominio OJN 025 y AC 054 VR, ambos de modelo TOYOTA COROLLA).

Que de confirmarse lo antedicho estaríamos ante una clara infracción de la normativa vigente, que requieren la intervención del poder concedente, a los efectos de verificar si la Agencia ‘Cabify’ se encuentra prestando correctamente su función de apoyo al servicio de remises, y cumpliendo con el poder delegado por parte del Municipio de Rosario.»

 

Es por lo expuesto, que esta Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

 

D E C R E T O

Artículo 1º.-Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la repartición que corresponda, en un plazo no menor a quince (15) días, remita a este Cuerpo toda la información detallada a continuación:

  1. Eleve el expediente administrativo llevado adelante contra la Empresa Cabify.
  2. Informe sobre la situación judicial en relación al fallo ordenado por la Dra. Lucrecia Mantello en febrero de este año.
  3. Informe bajo qué condiciones funciona hoy la Empresa Cabify y las características de su habilitación.
  4. Informe si ha recibido denuncias sobre el reclutamiento de automóviles particulares por parte de la Empresa Cabify.
  5. Detalle, procedimientos y acciones llevadas adelante durante el corriente año para fiscalizar la prestación del servicio, por parte de esta y otras Agencias de Remises, dentro de lo establecido por las Ordenanzas vigentes.