Solicitan informes a reparticiones provinciales a raíz del intento de venta de una menor con supuestos fines adoptivos

Expediente 263155 de la concejala León

R E S O L U C I Ó N

Artículo 1°: El Concejo Municipal de Rosario resuelve dirigirse al Gobierno de la Provincia de Santa Fe para que en un plazo perentorio informe a este cuerpo:

• Cantidad de aspirantes a guarda con fines adoptivos inscriptos en el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos creado por Ley Provincial Número 13.093.

• Cantidad e individualización de personas que han logrado adoptar niñas y/o niños en la Provincia de Santa Fe desde la entrada en vigencia del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos creado por Ley Provincial Número 13.093.

Artículo 2°: El Concejo Municipal de Rosario resuelve dirigirse a la Fiscalía Federal Número 3 para que en un plazo perentorio informe a este cuerpo:

• Cuál es la carátula de la investigación en curso y en qué consiste la denuncia en base a la cual se dio inicio a la misma.

• Medidas Cautelares tomadas al día de la fecha en que se eleve el informe al Concejo Municipal de Rosario.

Artículo 3°: El Concejo Municipal de Rosario resuelve dirigirse al Registro Civil Provincial para que en un plazo perentorio informe a este cuerpo:

• Si existe en cada uno de los establecimientos públicos que atienden nacimientos de la provincia una oficina del Registro Civil para garantizar la identificación de los recién nacidos en los

términos del artículo 26° de la Ley Provincial de Promoción y Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes Número 12.967.

• El estado del certificado de nacimiento vivo del bebé por el cual se inició el procedimiento de investigación.

• Si ya emitió la Partida de Nacimiento del bebé en cuestión con todos los datos correspondientes.

Artículo 4°: El Concejo Municipal de Rosario resuelve dirigirse al Ministerio Público de la Acusación de la Provincia de Santa Fe para que en un plazo perentorio informe:

• Si ya ha iniciado la investigación penal preparatoria correspondiente, y en su caso qué Fiscal está a cargo.

• En el caso de que no se haya iniciado ninguna investigación, si tiene planificado iniciarla.

• En el caso de que el Ministerio Público de la Acusación no esté llevando adelante ninguna investigación ni tampoco entre en sus planes hacerlos, las razones de tal omisión.

Artículo 5°: El Concejo Municipal de Rosario resuelve dirigirse la Defensoría de Niñas, Niños y Adolescentes de la Provincia de Santa Fe para que en un plazo perentorio informe:

• Quién está a cargo de la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes a partir del mes de mayo de este año.

• En el caso de que todavía no se haya designado a la persona a cargo de la Defensoría Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes, por qué el cargo se encuentra acéfalo.

• En el caso de que el cargo se encuentre acéfalo, si ya se han enviado los pliegos al Congreso Provincial para elegir al sucesor o sucesora de Analía Colombo en el cargo de Defensor/a Provincial de Niñas, Niños y Adolescentes.