Satisfacción por la media sanción de la ley de Educación Sexual Integral ESI

Expediente 256662 de la Comisión de Feminismos y Disidencias

Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo del Interbloque Cambiemos, y con las abstenciones de los concejales Cozzoni, Figueroa Casas y Ghilotti.

VISTO:

El debate parlamentario por una Ley Provincial de Educación Sexual Integral, que ha recibido media sanción en la Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Santa Fe. La difusión por parte de algunos grupos que se oponen a derechos ya consagrados, de conceptualizaciones erróneas sobre la Educación Sexual Integral (ESI), que desconocen las normativas vigentes, en materia nacional e internacional y difunden información falsa, de contenido discriminatorio y contrario a derecho, y

 

CONSIDERANDO:

Que la Comisión de Feminismos y Disidencias de este Concejo ha recibido a distintas organizaciones de derechos humanos con perspectiva de género y diversidad sexual, que promueven el derecho a una vida sin violencia y discriminación por razones de género, orientación sexual e identidad de género. Todas ellas vinculadas al trabajo por la efectiva aplicación de la Educación Sexual Integral.

 

Que la Ley Nacional N° 26.150 de Educación Sexual Integral fue sancionada por el Congreso de la Nación en el año 2006 y expresa un conjunto de compromisos que Argentina asumió en el campo de los Derechos Humanos.

 

En el ámbito internacional podemos mencionar la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención de los Derechos del Niño, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belém do Pará). En el ámbito local, se destacan la Ley N° 25.673, de creación del “Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable” y la Ley N° 26.061 de “Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes”.

 

Que el desarrollo de la ESI en las instituciones educativas permite analizar situaciones cotidianas alrededor de las cuales se debate, se deconstruyen mitos y prejuicios relacionados con la sexualidad y cada estudiante tiene la posibilidad de construir su subjetividad sin condicionamientos, construyendo nuevas formas de convivencia apoyada en valores tales como solidaridad, la cooperación, la empatía y la democratización de los vínculos afectivos, el respeto y celebración de la diversidad.

 

Que la concepción de integralidad de la ESI remite, entre otras cosas, a que no solo debe transmitirse información pertinente y actualizada, sino que fundamentalmente deben promoverse distintos aprendizajes que permitan al estudiantado emplear críticamente esa información, para un ejercicio informado y consciente de ella, acompañando de esta manera su desarrollo integral.

 

Que la educación sexual constituye una oportunidad para que la escuela, en articulación con otros actores, fortalezca la búsqueda de respuestas eficaces a situaciones de vulneración de derechos como lo son la violencia, el abuso y el maltrato hacia niños, niñas y adolescentes, e implemente medidas de protección y reparación para atender a estos problemas.

 

Que, en nuestra provincia, hay una enorme deuda respecto a la ESI y su efectiva aplicación, sin embargo, recientemente hubo un importante avance con la media sanción del proyecto de ley en la Cámara de Diputados y Diputadas. Está ahora en manos del Senado que se sancione esta normativa fundamental para garantizar los derechos de todas las personas, pero fundamentalmente de mujeres, personas LGTBIQ+ y de niñas, niños y adolescentes.

 

Que, en el marco de este proceso de debate en las instituciones de la democracia, en las últimas semanas se han difundido posiciones y conceptualizaciones erróneas sobre la Educación Sexual Integral (ESI), que desconocen las normativas vigentes, las perspectivas de derechos humanos que la sostienen y los abordajes en tanto política pública.

 

Que posiciones que esgrimen cuestiones como que ESI significa “pedofilia” y “abuso sexual infantil institucionalizado” o que “ESI es ideología de género”, no hacen más que oponerse a derechos consagrados con argumentos falaces de carácter violento y constituyen graves vulneraciones a los derechos humanos.

 

Que esos planteos muestran un claro llamado a que la ciudadanía y las instituciones educativas desobedezcan las normas y las responsabilidades que se desprenden de ella, incluso a que el mismo Estado desobedezca el cumplimiento de las propias leyes que está obligado a cumplir y a hacer cumplir. Así también, incitan a la población a la creencia de que el Estado, al momento de cumplir con las obligaciones legales que le corresponden, en realidad, estaría favoreciendo la violencia institucional y, en particular, la violencia sexual con niñas, niños, y adolescentes.

 

Que cabe destacar que justamente uno de los principales objetivos de la ESI, radica en la prevención del abuso infantil y está demostrado que allí donde se imparte ESI, se abre la posibilidad a que NNyA expresen situaciones de abuso o maltrato.

 

Que los contenidos de la ESI que abordan la perspectiva de género se basan en leyes nacionales y tratados y convenciones internacionales de derechos humanos que han adquirido rango constitucional en nuestro país desde el año 1994.

 

Que en cuanto al marco, cabe mencionar el Interés Superior del niño, niña, y adolescente, consagrado en la Convención sobre Derechos del Niño, el derecho al Acceso a la Educación, consagrado en el art. 14 de la CN y contemplado por la Ley N° 26.206 de Educación Nacional, interrelacionada con la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral, garantizando el acceso al conocimiento científico validado, ya que es un derecho esencial recibir información de calidad, libre de prejuicios y acorde a su edad para favorecer un desarrollo pleno.

 

Que los tratados Internacionales recomiendan expresamente que la educación sobre la salud sexual y reproductiva sea un componente obligatorio en la escolarización, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales interpreta el derecho a la salud, como un derecho incluyente “que no solo abarca la atención de salud oportuna y apropiada sino también los principales factores determinantes de la salud”, entre las que destaca el reconocimiento a la Perspectiva de Género, como herramienta para una vida libre de violencia, derecho a su vez se enmarca en la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención Interamericana para Prevenir, Erradicar y Sancionar la Violencia contra la Mujer».

 

Por todo lo expuesto, la Comisión de Feminismos y Disidencias, eleva el siguiente proyecto de:

 

D E C L A R A C I Ó N

El Concejo Municipal expresa su beneplácito por la media sanción del proyecto de Ley de Educación Sexual Integral en la Cámara de Diputados y Diputadas de la Provincia de Santa Fe y vería con agrado la celeridad en el tratamiento por parte del Senado para su pronta sanción, reglamentación y efectiva aplicación en todo el territorio de la Provincia de Santa Fe.

 

Este Cuerpo considera que la plena implementación de la Educación Sexual Integral, es garantía de una sociedad que convive en el respeto a la diversidad y con igualdad de trato y oportunidades, que garantiza los derechos de niños, niñas y adolescentes y acceso de todas las personas a una vida plena, libre de violencias y discriminación.

 

Así mismo, este Cuerpo repudia las manifestaciones que se oponen a los derechos consagrados y en nombre de la libertad de expresión, reproducen argumentos falaces, que son contrarios a las normativas vigentes en materia de género y Derechos Humanos.