Rosario a Cielo Abierto: aprueban proyecto de plataforma digital para centros comerciales

Expediente 272032 del concejal Mariano Roca.

El Concejo Municipal de Rosario aprobó un proyecto de ordenanza que busca apoyar los Centros Comerciales a Cielo Abierto (CCCA), con el objetivo de fortalecer la economía local y mejorar la experiencia de los vecinos y turistas. La iniciativa, presentada por el concejal Mariano Roca del partido CREO “Unidos para Cambiar Santa Fe”, propone el desarrollo de una aplicación o página web para  centralizar información sobre los comercios, servicios y actividades en estos espacios.

Esta plataforma permitirá a los usuarios acceder de forma simple y rápida a información detallada sobre la oferta comercial de los distintos CCCA de la ciudad, incluyendo horarios de atención, productos, promociones y eventos culturales. La herramienta también ofrecerá una funcionalidad de geolocalización, ayudando a los ciudadanos a identificar el centro comercial más cercano a su ubicación.

«Este desarrollo tiene el potencial de seguir consolidando a los centros comerciales a cielo abierto como alternativas de compra, esparcimiento y desarrollo económico para los barrios de nuestra ciudad. La modalidad en que nos vinculamos con los comercios de cercanía necesita de instrumentos que la apuntalen y que refuercen las alternativas comerciales y costumbres de la post pandemia”, señaló Roca. 

Y agregó: “Es una herramienta inclusiva y moderna que no sólo impulsará la actividad comercial, sino que también fomentará el sentido de comunidad en cada barrio». 

El modelo ya ha demostrado ser exitoso en otras ciudades de España, donde una herramienta similar ha aumentado la visibilidad de los pequeños comercios locales y mejorado la experiencia de compra para los consumidores.

“La implementación de esta plataforma digital va en el sentido de ciudad multicéntrica contribuyendo a fortalecer los polos emergentes pero sin descuidar al centro tradicional de la ciudad ya que en él ya conviven varios centros comerciales que también podrán participar de la plataforma”, dijo el Concejal. 

La inclusión de herramientas tecnológicas y funciones de accesibilidad garantizarán que toda la ciudadanía pueda utilizar esta plataforma, mientras que la promoción del comercio de proximidad fortalecerá vínculos de cercanía y el tejido económico de los barrios. 

El Concejal Roca informó, según datos preliminares de la Secretaría de Desarrollo Económico de la Municipalidad de Rosario, que el 65% de los CCCA aumentó la participación de las decisiones de consumo en el primer semestre de los periodos 2020/2024.

El edil expresó que “con esta iniciativa buscamos fomentar el comercio de cercanía y darle más y nuevas herramientas a los centros comerciales a cielo abierto”. También remarcó que “con los cambios de época, el consumo y los hábitos se han ido modificando, por tanto, se necesitan nuevos instrumentos para su desarrollo y el poder otorgarlos, a través de esta ordenanza, aumenta las posibilidades de seguir construyendo una ciudad multicéntrica. Es decir -resaltó-, una ciudad donde la circulación de personas, de bienes y del consumo no esté concentrada exclusivamente en un solo lugar sino que sea más homogénea”.

Señaló el edil que los CCCA son centros neurálgicos de la ciudad y corazones de los barrios. En Rosario, hay 11500 establecimientos comerciales, 61% son microempresas y el 20% peqeuñas empresas, la mayoría está diseminada en esos centros. Existen 24, reconocidos oficialmente. “Por dicha razón, Rosario es considerada -por la fuerza de su empuje y de su historia- la capital de los centros comerciales a cielo abierto”, destacó Roca. 

Y concluyó: “proponemos esta aplicación como un inicio para conectar a comercios y clientes y al mismo tiempo, que sea puntapié de una plataforma de información que fomente el turismo comercial y que ofrezca rubros de comercios, horarios, oferta de actividades y de estacionamientos.  Es este, un primer paso para que los CCCA puedan realizar convenios y llevar esta plataforma a un segundo nivel, que implique el ecommerce y la bancarización”. 

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Créase un espacio virtual que se visualizará mediante una plataforma de contenido Virtual e Interactivo, permitiendo el acceso a información de interés ciudadana relacionada con los Centros Comerciales a Cielo Abierto (CCCA) situados en los distintos barrios de la ciudad de Rosario.

Artículo 2°.- Contenido. Dicho espacio consistirá en un Portal Digital en forma de Aplicación, página web o sección específica en el sitio web oficial de la Municipalidad de Rosario, que permitirá a los usuarios un acceso libre, interactuando con información detallada sobre puntos de interés, como pueden ser, entre otros:

* Existencia y puntos geográficos de cada CCCA de la ciudad de Rosario.

* Fraccionamiento por zonas, con la cual el usuario mediante su localización satelital vía GPS podrá conocer su CCCA más cercano.

* Información relevante sobre los CCCA de la ciudad y los comercios que cada uno comprende, que podrán ser agrupados por rubro de actividad comercial.

* Horarios de atención, ubicación, productos y servicios ofrecidos, opciones de contacto directo con los comercios y foto del local.

* Difusión y publicidad de las promociones existentes.

* Eventos y actividades culturales y/o turísticas a realizar en estos espacios.

* Espacios de estacionamiento medido, así como información relacionada a horarios donde se encuentre permitido el estacionamiento en doble mano.

* Información sobre transporte, como paradas del Transporte urbano de pasajeros y líneas/recorridos que acerquen al vecino al CCCA que quiera llegar.

* Cualquier otra información que se considere pertinente para los consumidores.

Artículo 3°.- Autoridad de Aplicación. Será Autoridad de Aplicación del presente programa la Secretaría de Desarrollo Económico de la Municipalidad de Rosario, o la entidad que en un futuro la reemplace. La autoridad de aplicación realizará las acciones necesarias para la correcta ejecución de la presente ordenanza. Asimismo, podrá suscribir los convenios necesarios con diferentes entidades e instituciones, tanto públicas como privadas, para el financiamiento, generación de políticas comerciales y puesta en funcionamiento de la presente ordenanza.

Artículo 4°.- El D.E.M, a través de la autoridad de aplicación, diseñará y dispondrá la creación de la plataforma, teniendo en cuenta a los fines de determinar su contenido los siguientes objetivos:

* Fomentar el consumo local, tanto para la compra realizada por vecinos y vecinas, como el realizado por los turistas que se acerquen a la ciudad;

* Crear comunidad y sentido de pertenencia al permitir a los residentes poder explorar locales de cercanía, como también el descubrimiento de nuevas zonas comerciales de la ciudad;

* Promocionar el intercambio y el comercio de cercanía, brindar información al consumidor y potenciar a los pequeños comercios y prestadores de servicios de la ciudad;

* Facilitar un canal de acceso a información, que será tanto para ser recibido por los vecinos consumidores, como para ser utilizado por los comerciantes como “vidriera virtual”.

* Pregonar por un diseño inclusivo y accesible, ofreciendo opciones en formato auditivo, visual y de lectura fácil.

Artículo 5°.- Puesta en funcionamiento. Los comercios que formen parte de los distintos CCCA y deseen incorporar información de los mismos, podrán hacerlo mediante un formulario de adhesión y actualización. Dentro de esta solicitud podrán adjuntar información de interés, documentación e imágenes que lo respalden. Los comercios y/o prestadores de servicios serán incluidos en la Aplicación en el momento que sean habilitados. La autoridad de aplicación dispondrá tanto los requisitos a completar por el comerciante, como el medio por el cual deberán presentarse. Asimismo, el formulario deberá permanecer accesible ante la necesidad del comercio de modificar y/o agregar información de interés.

Artículo 6°.- Accesibilidad. La Autoridad de Aplicación deberá, en la medida de lo posible, ponderar que esta plataforma tenga los medios necesarios para ser accesible a personas con discapacidad visual y auditiva. Para ello podrá implementar, entre otras medidas:

* Incluir indicaciones y descripciones auditivas;

* Narración auditiva para personas con discapacidad visual;

* Subtítulos y transcripciones para personas con discapacidad auditiva;

* Proveer descripciones detalladas de los lugares y servicios disponibles, indicando accesibilidad física;

* Asegurar que sea completamente compatible con lectores de pantalla para personas con discapacidad visual; como incluir descripciones de texto alternativo;

* Crear guías y tutoriales que expliquen cómo usarla en formatos accesibles.

Artículo 7°.- Difusión y publicidad. La Autoridad de Aplicación realizará las campañas de publicidad informativa y difusión necesaria, por los medios que considere más adecuados. Los medios publicitarios podrán ser, entre otros:

* Espacios físicos y/o virtuales en la página web de la Municipalidad de Rosario y sus redes sociales.

* Promoción de la plataforma en las pantallas interactivas de las unidades del Transporte Urbano de Pasajeros.

* Difundir la plataforma en la página del Ente Turístico de Rosario, publicando un código QR para su descarga.