Reiteran proyecto de crear el fiscalizador ciudadano voluntario[:en]Reiteran proyecto de crear el fiscalizador ciudadano voluntario

El edil Carlos Cardozo, de Juntos por el Cambio, retomó una iniciativa que en su momento presentara el ex concejal Jorge Boasso, de la Unión Cívica Radical.

Carlos Cardozo

El proyecto que reingresara el concejal Cardozo propone crear la figurar del fiscalizador ciudadano voluntario, “consistente en la participación voluntaria de cada ciudadano en el control de la seguridad vial y normas contravencionales urbanas”.
Consigna el edil de Juntos por el Cambio que “desafortunadamente con la anterior administración municipal no hubo posibilidad alguna de avanzar con legislaciones de profundización del control en la ciudad, como por ejemplo esta de creación de los fiscalizadores ciudadanos voluntarios, la restricción a la proliferación de cuidacoches sin ningún tipo de poder de policía, el cumplimiento de la ordenanza de horarios y ruidos molestos y muchas más, por lo que esperamos que con la nueva gestión podamos avanzar en serio con un tema crucial: es por ello que volvemos a ingresar la iniciativa de Jorge Boasso para someterla a tratamiento del Concejo”.
En tal sentido agregó el concejal Cardozo que “esta solución se implementa con buen éxito en otras ciudades del país, como por ejemplo el Programa BA Denuncia Vial, del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
También precisó que “a la iniciativa original de Boasso le agregamos la posibilidad de gestionar las denuncias vía una app que desarrolle la Municipalidad de Rosario, además de las denuncias presenciales en los Centros de Distrito, previstas en la iniciativa original”.

Los detalles

En el proyecto se determina que “podrá ser fiscalizador ciudadano voluntario cualquier habitante mayor de edad con un año de residencia inmediata en la ciudad de Rosario, que voluntariamente constate y denuncie la existencia de violaciones a las normativas municipales según se encuentren definidas en el Código Municipal de Faltas” y que “el fiscalizador podrá detectar y denunciar irregularidades siempre que dicha constatación y denuncia no viole los derechos de terceros, en especial los derechos a la intimidad, a la integridad física y psíquica, y al honor de las personas, respetando su accionar las buenas costumbres y las normas de convivencia urbanas”.
Se indica también que “toda constatación de posible irregularidad por parte de un fiscalizador voluntario deberá ser denunciada por escrito vía una app, según las formalidades establecidas en la reglamentación de la ordenanza”.
Asimismo se precisa que la denuncia deberá recibirse en los CMD y deberá estar “dirigida al funcionario responsable de la repartición municipal con incumbencia en la fiscalización de la materia a la que correspondiere, sin perjuicio que el fiscalizador solicita se remita inmediata copia al juez de faltas municipal”.
En el proyecto se consigna que “una vez recibida la denuncia el funcionario municipal dispondrá de 5 días contados desde la presentación de la misma para emitir opinión fundada sobre su encuadramiento y verosimilitud, pudiendo solicitar al fiscalizador voluntario completar la misma o bien desestimarla y ordenar su archivo y en caso que el funcionario municipal considere prima facie verosímil la denuncia, la remitirá al Juzgado Municipal de Faltas para su tratamiento y juzgamiento”.
Finalmente en la normativa propuesta se señala que “el juez de faltas interviniente deberá tomar las pruebas presentadas como principio de prueba de los hechos denunciados siempre que los medios y procedimientos utilizados se ajusten a lo establecido en la ordenanza y su reglamentación”.
Se deberá reguardar el principio de confidencialidad respecto a los datos de los denunciantes, siendo los funcionarios intervinientes directos responsables de proteger esta información ante terceros, incluso ante los mismos autores de las supuestas infracciones. Respecto a los fondos que se obtengan a partir de las multas por denuncias de fiscalizadores voluntarios se destinarán a campañas de educación vial.
Al fundamentar el proyecto el concejal Cardozo marca que “el principal objetivo del cumplimiento de las normas urbanas es proteger la seguridad de las personas y sus bienes, así como también propender a mantener un nivel de civilizadas convivencia, respetando la libertad y los derechos de cada uno: es entonces donde la participación ciudadana resulta natural,ya que son los mismos ciudadanos los principales interesados en velar por el respeto de sus derechos, en el marco del cumplimiento de las normas urbanas”.
Argumento finalmente el edil de Juntos por el Cambio: “El municipio, quien tiene el poder de control y de policía sobre el cumplimiento de estas normas, no sólo cuenta con recursos escasos para ejercer su función, sino que, más aún, hace pública la necesidad de la participación ciudadana alentando el involucramiento de los vecinos, como por ejemplo ha sucedido en temas de higiene urbana o la recepción de denuncias en la línea 147. Todo ciudadano que pretenda colaborar en el control de las infracciones a las normativas viales y contravencionales debe ser tenido en cuenta como aporte a una construcción colectiva al bien común y debe tener un ámbito seguro donde encauzarlo”.[:en]

El edil Carlos Cardozo, de Juntos por el Cambio, retomó una iniciativa que en su momento presentara el ex concejal Jorge Boasso, de la Unión Cívica Radical.

Carlos Cardozo

El proyecto que reingresara el concejal Cardozo propone crear la figurar del fiscalizador ciudadano voluntario, “consistente en la participación voluntaria de cada ciudadano en el control de la seguridad vial y normas contravencionales urbanas”.
Consigna el edil de Juntos por el Cambio que “desafortunadamente con la anterior administración municipal no hubo posibilidad alguna de avanzar con legislaciones de profundización del control en la ciudad, como por ejemplo esta de creación de los fiscalizadores ciudadanos voluntarios, la restricción a la proliferación de cuidacoches sin ningún tipo de poder de policía, el cumplimiento de la ordenanza de horarios y ruidos molestos y muchas más, por lo que esperamos que con la nueva gestión podamos avanzar en serio con un tema crucial: es por ello que volvemos a ingresar la iniciativa de Jorge Boasso para someterla a tratamiento del Concejo”.
En tal sentido agregó el concejal Cardozo que “esta solución se implementa con buen éxito en otras ciudades del país, como por ejemplo el Programa BA Denuncia Vial, del gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.
También precisó que “a la iniciativa original de Boasso le agregamos la posibilidad de gestionar las denuncias vía una app que desarrolle la Municipalidad de Rosario, además de las denuncias presenciales en los Centros de Distrito, previstas en la iniciativa original”.

Los detalles

En el proyecto se determina que “podrá ser fiscalizador ciudadano voluntario cualquier habitante mayor de edad con un año de residencia inmediata en la ciudad de Rosario, que voluntariamente constate y denuncie la existencia de violaciones a las normativas municipales según se encuentren definidas en el Código Municipal de Faltas” y que “el fiscalizador podrá detectar y denunciar irregularidades siempre que dicha constatación y denuncia no viole los derechos de terceros, en especial los derechos a la intimidad, a la integridad física y psíquica, y al honor de las personas, respetando su accionar las buenas costumbres y las normas de convivencia urbanas”.
Se indica también que “toda constatación de posible irregularidad por parte de un fiscalizador voluntario deberá ser denunciada por escrito vía una app, según las formalidades establecidas en la reglamentación de la ordenanza”.
Asimismo se precisa que la denuncia deberá recibirse en los CMD y deberá estar “dirigida al funcionario responsable de la repartición municipal con incumbencia en la fiscalización de la materia a la que correspondiere, sin perjuicio que el fiscalizador solicita se remita inmediata copia al juez de faltas municipal”.
En el proyecto se consigna que “una vez recibida la denuncia el funcionario municipal dispondrá de 5 días contados desde la presentación de la misma para emitir opinión fundada sobre su encuadramiento y verosimilitud, pudiendo solicitar al fiscalizador voluntario completar la misma o bien desestimarla y ordenar su archivo y en caso que el funcionario municipal considere prima facie verosímil la denuncia, la remitirá al Juzgado Municipal de Faltas para su tratamiento y juzgamiento”.
Finalmente en la normativa propuesta se señala que “el juez de faltas interviniente deberá tomar las pruebas presentadas como principio de prueba de los hechos denunciados siempre que los medios y procedimientos utilizados se ajusten a lo establecido en la ordenanza y su reglamentación”.
Se deberá reguardar el principio de confidencialidad respecto a los datos de los denunciantes, siendo los funcionarios intervinientes directos responsables de proteger esta información ante terceros, incluso ante los mismos autores de las supuestas infracciones. Respecto a los fondos que se obtengan a partir de las multas por denuncias de fiscalizadores voluntarios se destinarán a campañas de educación vial.
Al fundamentar el proyecto el concejal Cardozo marca que “el principal objetivo del cumplimiento de las normas urbanas es proteger la seguridad de las personas y sus bienes, así como también propender a mantener un nivel de civilizadas convivencia, respetando la libertad y los derechos de cada uno: es entonces donde la participación ciudadana resulta natural,ya que son los mismos ciudadanos los principales interesados en velar por el respeto de sus derechos, en el marco del cumplimiento de las normas urbanas”.
Argumento finalmente el edil de Juntos por el Cambio: “El municipio, quien tiene el poder de control y de policía sobre el cumplimiento de estas normas, no sólo cuenta con recursos escasos para ejercer su función, sino que, más aún, hace pública la necesidad de la participación ciudadana alentando el involucramiento de los vecinos, como por ejemplo ha sucedido en temas de higiene urbana o la recepción de denuncias en la línea 147. Todo ciudadano que pretenda colaborar en el control de las infracciones a las normativas viales y contravencionales debe ser tenido en cuenta como aporte a una construcción colectiva al bien común y debe tener un ámbito seguro donde encauzarlo”.