Se amplía el alcance de las exclusiones.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la publicación de la Resolución General 5322/2023, reglamentó el nuevo alcance que tendrán tanto el certificado de no percepción del impuesto a las ganancias como la autorización de eximición de ingreso.
Los sujetos que cuenten con alguno de los beneficios establecidos en la Resolución General 830/2000, no quedarán alcanzados por las percepciones que corresponderían realizar por las operaciones de importación definitiva de mercaderías, excepto cuando las facturas de exportación se emitan a nombre de sujetos domiciliados, constituidos o ubicados en jurisdicciones no cooperantes.