Expediente 247.151 del concejal Sukerman
VISTO
La destacable participación de la deportista rosarina Virginia Gómez en la Selección Argentina de Fútbol Femenino.
CONSIDERANDO
Que la selección argentina de fútbol femenino ha logrado recientemente la clasificación al mundial de Francia 2019 luego de casi doce años de ausencia en la jornada mundialista.
Que la posibilidad de participación en los partidos de clasificación se logra por el reclamo de las deportistas frente a la ausencia de políticas públicas que pongan en valor el desempeño de las mujeres en el deporte más popular de nuestro país.
Que la selección femenina de fútbol está integrada actualmente por tres representantes de la ciudad de Rosario: Virginia Gómez, Aldana Narváez y Vanina Correa
Que Vanina Correa y Aldana Narváez han sido declaradas deportistas distinguidas de nuestra ciudad según expediente n°242740.
Que el desarrollo del fútbol femenino en la ciudad de Rosario se ha incrementado en los últimos años logrando romper con los estereotipos de género que vinculan determinadas prácticas deportivas exclusivamente a los hombres.
Que Virgina Gómez tiene una amplia trayectoria como deportista en nuestra ciudad, siendo integrante de la Selección argentina Sub 17, Sub 20, y estuvo presente en la última convocatoria previa a la Copa América.
Que su participación en la selección femenina de fútbol es un enorme incentivo para las cientos de mujeres y niñas que diariamente se desempeñan en este deporte en nuestra ciudad.
Que el Concejo Municipal debe distinguir a personas que pregonan valores como instrucción, compañerismo y superación.
Que este Concejo debe manifestarse a favor de fomentar el deporte en nuestra ciudad y los valores de inclusión, disciplina y compromiso a los que el deporte contribuye.
DECRETO
Artículo 1°. Declárese deportista distinguida a la futbolista Virginia Gómez, en virtud de su reconocida labor como deportista destacada de nuestra ciudad.
Artículo 2°. El Concejo Municipal entregará la distinción en acto público en fecha a coordinar con la persona distinguida.
Artículo 3°. Comuníquese con sus considerandos.