Durante la última semana, en distintos operativos realizados en las rutas de la provincia, Policía de Seguridad Vial labró actas de infracción a transportistas que no cumplimentaban con los requisitos necesarios para el transporte de alimentos.
Es de destacar que, se labraron actas de infracción a 20 conductores transportistas de mercaderías y alimentos que no contaban con la habilitación correspondiente.
Cabe mencionar que, en los controles realizados, el personal interviniente verifica que los vehículos cuenten con la documentación obligatoria para transportar alimentos, entre ellos UTA, carnet de manipulador, permiso de tránsito, remito/factura de la mercadería, además de la documentación reglamentaria habitual (DNI, Licencia de conducir habilitante, RTO, Seguro Obligatorio).
Aprovechando la oportunidad, se brinda información importante a tener en cuenta para quienes transitan por las rutas de la provincia de Santa Fe transportando alimentos:
• ART 17117 de la LEY N° 13.169 Código de Faltas de Tránsito Provincial: El propietario o responsable o quién explote el servicio de transporte o el conductor de vehículos destinados al transporte de pasajeros o de carga, será sancionado: 8. Sin perjuicio de las demás sanciones que resulten aplicables, por circular sin permiso, concesión, habilitación o inscripción del servicio, emanado de autoridad competente.
• UTA: Se entiende por Unidad de Transporte de Alimentos a los receptáculos o recipientes (contenedores, carrocerías o cajas, cisternas, etcétera) con que cuentan o utilizan los medios de transporte para el traslado de productos alimenticios.
• Carnet de Manipulación de alimentos: Se entiende por Manipulador de la Carga a las personas humanas que toman contacto directo con la carga de alimentos durante la actividad de transporte y/o distribución. El Manipulador de la Carga será responsable de manipular correctamente la carga de alimentos de manera tal de mantener la seguridad e integridad de los mismos. El Manipulador de la Carga deberá estar provisto del Carnet de Manipulador de alimentos otorgado por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL) y estar correctamente capacitado para el desarrollo de sus tareas durante el transporte y/o distribución de los alimentos.