Proponen contratar intérpretes de lengua de señas en centros de salud y hospitales

La presencia de intérpretes en las instituciones que nos brindan servicios de Salud, es un derecho de la comunidad sorda que solo pueden comunicarse a través de la Lengua de Señas, y así eliminar una de las cuantiosas barreras sociales que padecen las personas con discapacidad en la vida cotidiana.

Las Comisiones de Salud y Acción Social y Presupuesto y Hacienda han tomado en consideración el proyecto presentado por la estudiante Pagano Nancy, en el marco del denominado Parlamento Universitario – UNR – Derecho que expresa;

VISTO: Los reiterados reclamos de las personas con discapacidad auditiva, en su necesidad de tener una efectiva comunicación cuando acuden como paciente ante los profesionales en los Centros de Salud, y Hospitales Municipales, y su derecho a contar con intérpretes que puedan efectivizar sus derechos y así poder garantizarse un mejor servicio de salud, y

CONSIDERANDO: Que han existido casos en los cuales, por no haber un intérprete que facilite la comunicación médico/paciente, se ha puesto en peligro la salud de los mismos, al no presentarse las óptimas condiciones para una adecuada consulta.

Que la presencia de intérpretes en las instituciones que nos brindan servicios de Salud, es un derecho de la comunidad sorda que solo pueden comunicarse a través de la Lengua de Señas, y así eliminar una de las cuantiosas barreras sociales que padecen las personas con discapacidad en la vida cotidiana.

Que es evidente la necesidad de mejorar la prestación de servicios de salud en todos los niveles por la importancia de este derecho, para mejorar la calidad de vida de las personas con  discapacidad.

Que en cualquier consulta médica, el profesional necesita completar planilla de admisión solicitando datos al paciente que son de suma importancia para realizar el diagnostico pertinente y recetar todo tipo de medicamentos. Por estas razones es necesario que la comunicación se desarrolle en las mejores condiciones posibles para que el paciente reciba la adecuada atención y evitar perjuicios en la salud.

Que es atribución de la Municipalidad, la organización y reglamentación del Servicio Público de Salud a nivel local, según la Carta Orgánica de Municipalidades.

Por lo expuesto, que estas Comisiones aconsejan para su aprobación el siguiente proyecto de:

DECRETO

Artículo 1: Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de la repartición que corresponda estudie la factibilidad de contratar interpretes de Lengua de Señas, con disponibilidad en los horarios de guardia médica en los Centros de Salud y Hospitales de esta ciudad; de manera tal que esté disponible para asistir en los turnos asignados a pacientes que lo necesiten.-