Expediente 256383 de la concejala Gigliani.
VISTO:
El Decreto Nº 734 del 8 de septiembre de 2020, mediante el cual Poder Ejecutivo Nacional creó el “PROGRAMA DE APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO A PERSONAS EN SITUACIÓN DE RIESGO POR VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO” (ACOMPAÑAR), en el ámbito del Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad, y
CONSIDERANDO:
Que el Programa “Acompañar”, tiene como objetivo promover la autonomía de las mujeres y personas LGBTI+ que se encuentran en riesgo acreditado por situación de violencia por motivos de género, mediante el otorgamiento de una prestación económica y del fortalecimiento de redes de acompañamiento, destinado a cubrir los gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.
Que el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad será el encargado de llevar adelante el «Programa de Apoyo y Acompañamiento a Personas en Situación de Riesgo por Violencia por
Motivos de Género» mientras que el pago de la prestación económica será tarea de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES).
Que para acceder a la prestación se requerirá acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local o provincial. Asimismo, podrá requerir la prestación toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada; o extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a un año anterior a la solicitud, a partir de los dieciocho años.
Que la prestación consistirá en una suma de dinero no reintegrable, de carácter personal, no renovable y no contributiva por el valor de un salario mínimo vital y móvil, que se abonará durante seis períodos mensuales consecutivos, a las mujeres y personas LGBTI+ en situación de riesgo acreditada por violencia por motivos de género, de conformidad con lo que se establece en el presente.
Que por su parte, el artículo 7° del referido Decreto, determina que la prestación que otorga el Programa “ACOMPAÑAR” resulta incompatible con el goce por parte de la persona postulante de: Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado; monotributo; y régimen de autónomos (excepto Monotributo Social y Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares); Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional; Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales ,Pensión Universal para el Adulto Mayor dispuesta por el Decreto N° 894/2016; y Prestación por desempleo.
Que el pasado 17 de septiembre este Concejo Municipal aprobó una Declaración de beneplácito por la presentación del “PROGRAMA DE APOYO Y ACOMPAÑAMIENTO A PERSONAS EN SITUACIÓN DE RIESGO POR VIOLENCIA POR RAZONES DE GÉNERO – ACOMPAÑAR” presentado por la Concejala Norma López.
Que en el mismo sentido nuestro Concejo Municipal aprobó otras iniciativas como la Ordenanza N° 9.960, el 13 de diciembre de 2018, en la que se establece una asignación económica para mujeres víctimas de violencia, norma continúa aún sin reglamentación por parte el Poder Ejecutivo Municipal.
Que es importante destacar que esta iniciativa viene a completar lo normado por la Ley Nacional de Protección Integral N° 26.485, debido a que la violencia económica y patrimonial constituye un tipo de violencia generalizado que restringe y menoscaba los recursos económicos de las mujeres, destinados a satisfacer sus necesidades o privación de los medios indispensables para vivir una vida digna.
Que con este tipo de medidas se busca establecer políticas públicas de ampliación de derechos, mediante las cuales se trata de abandonar un modelo de exclusión que durante años se vivió en la Argentina.
Que el Decreto Nº 734, en su artículo 2º invita a las a las Provincias, los Municipios, la Ciudad Autónoma De Buenos Aires y a los organismos públicos dependientes del Poder Ejecutivo Nacional con competencia en la materia, a que suscriban acuerdos específicos con este Ministerio para constituirse como UNIDADES DE INGRESO, ACOMPAÑAMIENTO Y SEGUIMIENTO para la implementación del PROGRAMA ACOMPAÑAR.
Que consideramos necesario que el Municipio debe tener un rol activo en este tipo de medidas, para asegurar que los beneficios de esta iniciativa alcancen a todas aquellas personas en situación de riesgo por violencia por motivos de género en la ciudad de Rosario».
Por lo expuesto, esta Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:
D E C R E T O
Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal a través de la repartición que corresponda suscriba acuerdo específico con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación al fin de constituirse como Unidades de Ingreso, Acompañamiento y Seguimiento para la implementación del Programa ACOMPAÑAR.
Art. 2 °.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M.