Expediente 255048 del concejal Zeno
VISTO:
La emergencia sanitaria originada por el brote de Covid-19, la cual fuera receptada por el Departamento Ejecutivo Nacional mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020 y disposiciones complementarias, disponiéndose el aislamiento social preventivo y obligatorio; y las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud con respecto a la importancia del distanciamiento social, y;
CONSIDERANDO:
Que la ciudad de Rosario, a partir del lunes 11 de mayo, ingresó a la fase 4 de la cuarentena, lo que se traduce en mayor flexibilidad para circular y la reapertura progresiva de comercios, industrias y servicios.
Que según declaraciones del intendente de la ciudad Pablo Javkin: “Este lunes Rosario entrará en una nueva etapa de la cuarentena. Y la ciudad ya comenzará así a cambiar su movimiento cotidiano. En concreto, no siguen contempladas las salidas recreativas ni el trabajo de empleadas domésticas. Los bancos abrirán al público hasta las 13.15 y los comercios trabajarán a la tarde. Eso incluye ahora a los negocios de ropa, jugueterías, mueblerías, concesionarias, cadenas de electrodomésticos y negocios electrónicos, por citar solo algunos rubros. En tanto, bares y restaurantes seguirán cerrados al público y continuarán con la modalidad de delivery.”
Que a su vez, se espera que en las próximas semanas se avance en la flexibilización del sector gastronómico, respetándose los protocolos y recaudos sanitarios recomendados, así como manteniéndose el distanciamiento interpersonal y las limitaciones de aforo exigidas.
Que, en ciudades como Jujuy y Mendoza, bares y restaurantes comenzaron a funcionar luego del aislamiento, recibiendo comensales hasta un máximo de 50% de su capacidad, manteniendo una distancia de 2 metros entre las distintas mesas y disponiéndose de alcohol en gel.
Entre otras medidas de aseo e higiene, también se exige delimitar sectores y circuitos de circulación para evitar el contacto entre clientes, mientras continua vigente la obligación del uso de barbijo o tapabocas para todos.
Que actualmente en la ciudad de Rosario hay entre 1500 y 1600 bares, restaurantes y gastronomía hotelera con más de 14 mil empleados.
Que es sabido que el aislamiento social funciona como una de las mejores alternativas disponibles para prevenir contagios, pero como contracara, profundiza la crisis de diversos rubros económicos.
Que la gastronomía es indudablemente una de las actividades más golpeadas por la pandemia del COVID19. Las cifras del impacto que está teniendo el sector son alarmantes, registrándose una caída en la actividad de más del 70%.
Que empresarios del rubro advierten que, bajo estas circunstancias, podrían perderse la mitad de los empleos del sector.
Que muchas ciudades del mundo han avanzado con estrategias creativas, para brindar en la medida de lo posible, alternativas y apoyo a los distintos rubros económicos. Ayudar al rubro gastronómico otorgando alternativas para el funcionamiento eficiente de su negocio, contribuye a cuidar muchos puestos de trabajo.
Que una parte esencial de las ciudades es su espacio público. Que el espacio público representa el lugar idóneo para el desarrollo de actividades deportivas, recreativas, artístico-culturales, de esparcimiento, y en general para el uso y disfrute de la comunidad.
Que un espacio público transitado por sus vecinos, contribuye a hacer el entorno urbano más seguro; y en consonancia, el espacio público debe ser seguro para que las personas puedan y quieran hacer uso del mismo.
Que es fundamental que la ciudad tenga como eje de trabajo la recuperación y fomento de los espacios públicos, en tanto estos son el escenario de la convivencia social.
Que la ocupación del espacio público por parte de vecinos que consumen en bares y restaurantes conlleva múltiples beneficios en términos de seguridad al “cuidarnos entre todos”, y aporta vida a las calles.
Que consideramos oportuno en tiempos de “nueva normalidad” agilizar y flexibilizar los permisos que se otorgan a locales gastronómicos para que puedan hacer uso del espacio público.
Que dichos espacios pueden consistir en: veredas, boxes de estacionamiento frente a los locales, plazas y parques cercanos, canteros centrales de avenidas y boulevards.
Que un claro objetivo del proyecto es ampliar la zona “habitable” por peatones, extendiéndose a la calzada. Instalar mesas en box de estacionamientos nos permite respetar las recomendaciones de distanciamiento social “ganando” un espacio que hoy es ocupado por un vehículo.
Que la extensión de la zona de atención al cliente o comensal en metros cuadrados correspondientes a espacio público, puede ayudar a paliar la eventual reducción porcentual de sus mesas impuesta por las recomendaciones sanitarias en ocasión del Covid-19.
Que, por el presente, no se busca aumentar la cantidad de mesas que los locales gastronómicos tenían habilitados antes de la pandemia, sino que cumpliendo con las restricciones de distanciamiento, los bares y restaurantes puedan recuperar en parte la capacidad que tenían en condiciones normales, brindándole una herramienta para aminorar la profunda crisis en la que se ven sumergidos y así cuidar los puestos de trabajo.
Que finalmente, es necesario incorporar herramientas y mecanismos que visibilicen el efecto positivo que genera el espacio público recuperado o mejorado y contribuir a avanzar en esa dirección, donde las políticas públicas se diseñen desde una perspectiva integral.»
La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, mediante la repartición que corresponda, y una vez que el Gobierno Nacional permita la reapertura de los locales gastronómicos para la atención en el local, autorice a los mismos a colocar mesas en el espacio público, teniéndose en cuenta los protocolos de cuidado e higiene del rubro. Esta autorización tendrá vigencia hasta tanto continúe la recomendación de distanciamiento social.
Art. 2°.- Permítase el uso de los box de estacionamientos ubicados frente o cercanos a los locales gastronómicos, para la colocación temporal de sillas y mesas, exceptuándose aquellas calles en las que funcionen carriles exclusivos, espacios donde está prohibido el estacionamiento y paradas de taxis o colectivos. Deberá delimitarse la zona mediante la instalación de artículos que garanticen la seguridad de las personas que allí se ubiquen. La zona delimitada nunca deberá superar el ancho destinado al estacionamiento.
Art. 3°.- Autorízase la utilización de parques, plazas y canteros centrales de avenidas y boulevards aledaños a locales gastronómicos, para brindar sus servicios mediante la instalación de mesas y sillas. La autoridad de aplicación evaluará en cada plaza, parque o cantero central cuál es el máximo de mesas adecuado, dependiendo del tamaño y del espacio de circulación. Será responsabilidad del local gastronómico la limpieza, el orden y el mantenimiento del espacio público otorgado aplicándose las sanciones pertinentes a aquellos que incumplan.
Art. 4°.- Los locales gastronómicos que requieran el uso del espacio público deberán presentar ante la repartición que corresponda, una solicitud junto con un plano o croquis de la ocupación, indicándose medidas y elementos que se pretenden instalar, así como la póliza de seguro actualizada que comprenda el nuevo espacio del que pretenda valerse el local.
Art. 5º.- De aprobarse la solicitud para el uso del espacio público, tanto la colocación y retiro de las mesas así como el servicio brindado deberá realizarse en un todo de acuerdo con lo que el Departamento Ejecutivo Municipal establezca y la normativa vigente del rubro.