La jueza María Melania Carrara dictó prisión preventiva por 90 días contra Patricio Carey, acusado por el fiscal Sebastián Narvaja de lavado de activos a través de la financiera Cofyrco.
La decisión de la magistrada se fundó principalmente en la existencia de riesgo de entorpecimiento probatorio acreditado por un nuevo hecho presentado por el fiscal: el testimonio de un testigo relevante en la causa por la función que desempeñó en Cofyrco.
Este empleado había sido contratado para analizar los roles de los integrantes de la financiera para hacer mas eficiente el trabajo que allí se realizaba, por lo que conocía detalladamente su funcionamiento. Cuando ya se encontraba imputado, Patricio Carey lo citó personalmente para consultarle sobre la actividad que ellos realizaban en Cofyrco.
El testigo en cuestión en un primer momento declaró que no tenía mucho contacto con el imputado, que era un persona cerrada. Luego, ante una segunda convocatoria de la fiscalía en la que solicitó que no quedara registro de su declaración por temor a represalias, dio detalles de cómo funcionaba la financiera y el rol de dirección que tenía Carey. El contacto de éste con su ex empleado habría sido determinante en su actitud al declarar, lo que fue considerado por la jueza como entorpecimiento probatorio.
Los fiscales tuvieron conocimiento de este nuevo hecho el 18 de noviembre, cuando el imputado ya se encontraba de viaje, razón por la que dispusieron su detención al volver pese a que no tenía prohibición de salir del país y había avisado a la justicia.