El proyecto se fundamenta en advertir a las personas que operan con los cajeros automáticos advertir de estafas que realizan los delincuentes en colocar un «skimmer» (pequeño dispositivo que lee la banda magnética de las tarjetas de crédito o débito y que es de compra libre) en la boquilla donde se inserta el plástico y una microcámara de video (que puede ser la de un pequeño celular) que se camufla en las paredes del cajero y cuyo lente apunta sobre el teclado para grabar el momento en el que el desprevenido cliente introduce el PIN.
La Comisión de Gobierno consideró el proyecto de Ordenanza presentado por los concejales Gabriel Chumpitaz, María Eugenia Schmuck, Renata Ghilotti y Agustina Bouza, mediante el cual establece se coloque en sectores de cajeros automáticos carteles con advertencia, según indica.
Se fundamenta que: “Visto: La necesidad de que los ciudadanos tengan mayor conocimiento sobre la ley que los ampara en términos de la defensa del consumidor sobre la utilización de cajeros automáticos y los posibles delitos de escaneo de tarjetas; y
Considerando: Que todo consumidor tiene derecho a recibir un trato digno y equitativo, tiene derecho a ser escuchado y a que se cumplan las condiciones y garantías de los productos y/o servicios que se adquieren.
Que según la Ordenanza Nro. 5442/92 y modificatorias, La Oficina Municipal del Consumidor tiene las siguientes funciones:
– Informar a los consumidores a fin de que, al contratar cuenten con los elementos necesarios para elegir en las mejores condiciones posibles.
– Difundir entre los consumidores los derechos que, como tales, les asisten.
– Advertir a los consumidores acerca de prácticas desleales que perjudiquen a quienes contraten de buena fe.
– Orientar a los consumidores sobre las ofertas más convenientes o sistemas de comercialización ajustados a sus posibilidades y requerimientos.
– Recibir las quejas de los consumidores para, luego de su consideración, darles el curso de acción más adecuado.
– Mediar entre los consumidores y empresas públicas o privadas con el propósito de obtener una amigable composición del conflicto de intereses planteado ante la Oficina.
– Asesorar a los consumidores, en caso de no prosperar el trámite, acerca de las alternativas legales más convenientes.
– Proponer y asesorar a las autoridades públicas y representantes de la actividad privada, acerca de las medidas a adoptar para corregir, mejorar o implementar servicios, utilizando como base, la experiencia acumulada a través de los reclamos recibidos.
– Asistir a los consumidores en todo cuanto pueda ser de su interés.
Que resulta importante que tanto los rosarinos como todos aquellos individuos que se encuentren en la ciudad conozcan el accionar de la Oficina Municipal de Defensa al Consumidor, como así también dispongan de información en caso de necesitar asesoramiento de la misma.
Que actualmente es un delito recurrente el que se conoce como «skimming» y es una evolución del rudimentario «pescador mecánico» que se utilizaba sólo para retener el dinero que una víctima había extraído del cajero automático.
En noviembre del año 2017 según un informe suministrado por la empresa Prisma (encargada de administrar la Red Banelco) al 27 de julio había en Rosario 260 tarjetas clonadas y 1.260 operaciones de fraude investigadas. Fuentes judiciales estimaron que el desfalco con esta modalidad supera los 4,5 millones de pesos en el año.
Que la detección de ciber delincuentes realizando estafas mediante «skimming» no es novedosa. En septiembre de 2016 dos ciudadanos rumanos (Viorel Marius Suica, de 39 años y Gabriel Cordale, de 20) fueron atrapados por la policía tras colocar un dispositivo metálico en el cajero Link de la sucursal del Nuevo Banco de Santa Fe ubicada en San Martín y Avenida Pellegrini.
Que la división de Seguridad de la Red Link había registrado una anomalía en el cajero y advirtió a la Policía de Investigaciones (PDI), quien los detuvo. A la dupla se les achacaban varias estafas en Rosario, Santa Fe, Córdoba, Buenos Aires y Mendoza, pero sólo fueron acusados por colocar el pescador, por lo que el delito fue en grado de tentativa y les posibilitó en un proceso abreviado obtener una condena a tres meses de prisión efectiva.
Que para realizar la estafa se coloca un «skimmer» (pequeño dispositivo que lee la banda magnética de las tarjetas de crédito o débito y que es de compra libre) en la boquilla donde se inserta el plástico y una microcámara de video (que puede ser la de un pequeño celular) que se camufla en las paredes del cajero y cuyo lente apunta sobre el teclado para grabar el momento en el que el desprevenido cliente introduce el PIN.
Las cámaras pueden estar colocadas también en el difusor de luz o el altavoz, pero siempre en dirección al teclado. Luego esos datos son bajados a una computadora y con una máquina codificadora generan bandas magnéticas mellizas en tarjetas vírgenes con las que realizan operación en cajeros, compras en negocios o en internet.
Que asimismo, los delincuentes informáticos buscan cajeros con mucho tráfico de clientes y dejan los dispositivos colocados no más de una hora. Con cada una de estas acciones captan los datos de unos 50 usuarios. La ventaja fundamental que tiene el «skimming» es que la víctima no se da cuenta de la estafa en el momento en que se produce. Sólo se desayuna del mal momento cuando consulta sus últimos movimientos, intenta realizar una extracción o un pago.”
La Comisión ha creído conveniente producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Los titulares de la habilitación de entidades bancarias, deberán colocar en el respectivo local, dentro del área y/o sector de cajeros automáticos de forma visible y a una distancia no mayor a un metro de los mismos, un cartel con la siguiente inscripción: “USUARIA/O: PRESTE ATENCIÓN, PREVIO A INTRODUCIR SU TARJETA OBSERVE QUE EL TECLADO NO SE MUEVA Y QUE EL LECTOR SE ENCUENTRE VACIO DE OTROS CONTENIDOS. ASIMISMO, POR CUESTIONES DE SU SEGURIDAD, TAPE CON UNA MANO EL TECLADO CUANDO INTRODUZCA EL PIN O NUMERO SECRETO”.
Dicho cartel deberá cumplir los siguientes requisitos:
- a) Medidas comunes a todas las categorías de locales, a establecer por el Departamento Ejecutivo Municipal, no menor a 40 x40 cmde lado.
- b) Logo del Concejo Municipal de Rosario conjuntamente con el número que se otorgue a la presente Ordenanza.