En mayo, se cumplirían ya 5 años de aprobada la Ordenanza, restando saber, con el objetivo de poder fiscalizar correctamente el cumplimiento de plazos para la completa ejecución de las obras en calles y espacios públicos a cargo del urbanizador, la fecha exacta de obtención de la Aptitud Urbanística.
Concejo Municipal: La Comisión de Planeamiento y Urbanismo ha tomado en consideración el proyecto de Decreto presentado por la concejala Gigliani, el cual expresa:
Visto: La Ordenanza Nº 8.320/08 y su modificadora, Ordenanza Nº 9.047/13, en referencia al desarrollo inmobiliario conocido como “Metra” Puerto Norte; y
Considerando: Que, la Ordenanza Nº 8.320/08 incorpora los Planes de Detalle correspondiente a las Unidades de Gestión Nº1 y Nº6, del “Plan Especial 2da, Fase Centro de Renovación Urbana Scalabrini Ortíz” – Puerto Norte.
Que, el emprendimiento constructivo denominado comercialmente como “Metra”, corresponde a la Unidad de Gestión Nº1, delimitada por las calles French, Av. Cándido Carballo, Echeverría y el Río Paraná.
Que, en la actualidad puede observarse con claridad que el primer bloque en construcción no encuadra morfológicamente con lo aprobado oportunamente por Ordenanza.
Que, por otra parte, la Ordenanza Nº 9.047/13 establece en su art. 8 “Modifícase el artículo 9.3Plazo para la ejecución completa de los espacios público, el siguiente texto:
“9.3. Plazo para la ejecución de los espacios públicos: se establece un plazo de cinco años desde la obtención de la Aptitud Urbanística para cumplimentar la totalidad de las obras de carácter público correspondientes al sector que se pretende desarrollar.”
Que, en el mes de mayo, se cumplirían ya 5 años de aprobada la Ordenanza, restando saber, con el objetivo de poder fiscalizar correctamente el cumplimiento de plazos para la completa ejecución de las obras en calles y espacios públicos a cargo del urbanizador, la fecha exacta de obtención de la Aptitud Urbanística.
Que, independientemente de la necesidad de precisar ese dato, el ritmo de los trabajos, tanto en los espacios públicos como en las construcciones de la urbanización, denota un atraso considerable, que plantea dudas acerca del cumplimiento de los compromisos asumidos.
Por todo lo expuesto, esta Comisión eleva para su tratamiento y posterior aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1º: Encomiéndase al Departamento Ejecutivo que, a través de la repartición que corresponda, informe con relación a la Unidad de Gestión Nº1 (Metra Puerto Norte) lo que a continuación se indica:
a) Fecha de obtención de Aptitud Urbanística.
b) Si el Departamento Ejecutivo autorizó cambios en la estructura morfológica del conjunto edilicio y sus componentes, tal cual se encuentra establecido en el Anexo Gráfico Nº3: Morfología de la edificación. Informando, si los cambios cuentan con autorización de ese Departamento Ejecutivo, a partir de qué acto administrativo, o en su defecto, si se está en presencia de una transgresión del desarrollador.
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo remitirá a este Concejo Municipal la documentación respaldatoria de lo encomendado en el artículo precedente, en un plazo que no excederá los quince días de promulgar el presente.