Parto respetado: beneplácito por una sentencia que condena a médico interviniente y sanatorio

La justicia provincial condenó a un médico y al sanatorio Británico por un caso de violencia obstétrica y mala praxis. La resolución determinada estuvo a cargo de la jueza en lo Civil y Comercial, Verónica Gotlied, quien condenó al sanatorio Británico y al obstetra José Luis Rivas (falleció durante el proceso y la deuda recaería a sus herederos) quienes deberán abonar la suma de $28.300.000.

El hecho sucedió el 5 de agosto de 2013, cuando la damnificada, Paula Carello, fue intervenida con medicación durante el parto. Le suministraron oxitocina y anestesia peridural, cuando la mujer había dejado en claro que quería tener un parto natural en el caso de que no hubiera complicaciones. Tras esta situación, su hija terminó naciendo por cesárea.

En el recinto de sesiones se aprobó una declaración presentada por la edila María Fernanda Gigliani, de Iniciativa Popular, a quien acompañaron Norma López, de Justicia Social, y Julia Eva Irigoitia, del bloque Justicialista, el “Concejo Municipal de Rosario manifiesta su beneplácito por la Sentencia del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª Nominación de Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina, en los autos caratulados ‘Carello, Paula Irene C/ Sanatorio y otros S/ daños y perjuicios’, en el cual se condena al médico interviniente (hoy sus herederos) y al Sanatorio donde tuvo lugar la atención médica (y a sus respectivas aseguradoras), por constituir el primer fallo en la historia judicial de la Argentina en que una pretensión por daños y perjuicios, en el marco de un reclamo por violencia obstétrica y mala praxis médica trata integralmente, con perspectiva de género y mirada desde los tratados internacionales de derechos humanos, la temática, haciendo lugar a ello”.

En la declaración también se expresa que: “Asimismo, constituye un hito en la lucha de millones de mujeres y personas gestantes que han sufrido este tipo de violencia y que no han podido (por distintos motivos) denunciar ni reclamar judicialmente, por lo acontecido. Conforme declara la sentencia en el caso de Carello, ‘quedó probado en este caso que el parto respetado todavía no alcanza un grado de conciencia suficiente en orden a garantizar a las personas gestantes el pleno goce de sus derechos’. Sosteniendo también que ‘se requiere un compromiso activo del personal de salud y de las instituciones sanitarias para promover avances concretos en la vigencia del plexo normativo vigente’. Así también menciona ‘dada la prueba colectada que revela la necesidad de promover más y mejor capacitación sobre el parto respetado y la violencia obstétrica’. Asimismo exhortamos a la profundización de las acciones de capacitación que promuevan la vigencia efectiva de los derechos reconocidos por la legislación vigente”. Intervino en el tema la concejala Gigliani.