El diputado por el Frente Amplio por la Soberanía, Fabián Palo Oliver, volvió a ingresar en la Cámara que integra, el proyecto de ley mediante el cual propone la creación del mencionado ámbito asesor, a los fines de establecer los precios de referencia que deberán tomarse en cuenta en el marco de la comercialización de pescado que realicen pescadores y acopiadores, en el ámbito provincial.
Esta propuesta fue presentada por primera vez en 2020 y perdió estado parlamentario en dos oportunidades por lo que, atendiendo a la importancia de la iniciativa, se insiste con la misma.
El proyecto presentado tiene dos objetivos bien marcados, pero íntimamente relacionados: por un lado, que los pescadores reciban un precio justo por su trabajo y no siga ocurriendo que, debido al poco ingreso que reciben por pieza, se vean obligados a extraer cada vez mayores cantidades para garantizar la subsistencia de su familia. Por el otro, complementar otras medidas de cuidado de las especies con dificultades en los ciclos de reproducción, ayudando a proteger el ecosistema.
El espacio propuesto estará conformado por un representante del Ministerio de la Producción, dos representantes por el sector de Pescadores Comerciales y dos representantes del sector de Acopiadores.
Luego de establecer los requisitos para que los acopiadores y pescadores puedan formar parte de la Junta Asesora, la iniciativa dispone cuáles han de ser las funciones de la misma, entre las cuales se destacan: Fijar al menos 2 veces al año un precio de referencia para las distintas especies de valor comercial, promover el fortalecimiento de todas aquellas acciones y/o programas, que tiendan a mejorar las condiciones de comercialización del sector pesquero provincial, implementar medidas que resulten necesarias y convenientes para facilitar el equilibrio entre la oferta y la demanda de pescados que permitiría la fijación de un precio de referencia. Por último, se asigna al Estado Provincial el rol de moderador, acercando las partes para fijar un precio justo entre Pescadores Comerciales y Acopiadores.
Al tratarse de un precio de referencia, el mismo no tiene carácter obligatorio, no es vinculante, se elabora con el propósito de sostener un valor que determine una rentabilidad para las partes, sin verse afectada ninguna de ellas.
Entre los fundamentos, el legislador señaló: “Venimos observando cómo nuestro humedal se convierte en un escenario de conflicto entre varios actores. Estamos hablando de la actividad pesquera, de característica extractiva, y comercial. Se trata de un recurso natural como es la fauna ictícola, que nos pertenece a todos y que debemos salvaguardar y proteger.”
“En los últimos años venimos notando con cierta preocupación, con datos aportados por instituciones estatales y privadas, el excesivo número de toneladas de peces que se extraen de nuestros ríos, principalmente el río Paraná. Hace unos diez años cada pieza extraída de sábalo, por ejemplo, pesaba entre 3 y 4,5 Kgs cada una. Hoy algunos sábalos llegan escasamente a los 2 Kg. Esto habla a las claras el exponencial aumento de la demanda y del crecimiento de la pesca comercial”, continuó Palo Oliver.
Por último, señaló: “Estamos convencidos de que, en un acto comercial, todas las partes deben ser beneficiadas y sacar un provecho igualitario y justo del esfuerzo que realizan. A veces, en este marco, esas condiciones se omiten y el sector de los pescadores resulta severamente perjudicado, ya que su esfuerzo queda lejos de ser compensado en el precio final que reciben de los acopiadores. Por eso es necesario que el Estado intervenga fijando pautas claras de comercialización y que todos nos veamos beneficiados, pescadores-acopiadores- consumidores, en la resolución de un precio final que sea justo, que satisfaga a todas las partes”.
Otros Proyectos de Ley presentados
Expediente 54556 – Por el cual se instituye el Sistema Provincial para la gestión integral del Riesgo y la Protección Civil.
Expediente 54555 – Por el cual se crea en el ámbito del Poder Judicial de la Provincia de Santa Fe, el Fuero de Procesos Concursales, el que tendrá competencia para conocer y resolver exclusivamente en todos los procesos concursales regulados por la ley nacional N° 24552 (Ley de concursos y quiebras) y sus modificatorias.
Expediente 54554 – Por el cual se modifican los artículos 11, 11 bis, 11 ter y 11 quater de la ley N° 10.160 (Orgánica del Poder Judicial).
Expediente 54553 – Por el cual se crea el Plan Provincial del Deporte Seguro para desalentar la actividad deportiva no profesional en la temporada de verano, en el horario comprendido entre las 11 horas y las 16, a excepción de las actividades del tipo acuáticas.