Otorgaran cupos de venta ambulante en la vía pública a travestis, transexuales y transgénero

Expediente 254182 de la concejala Gigiani. Aprobado por unanimidad, con la abstención de los concejales Cardozo y Figueroa Casas.

De la concejala María Fernanda Gigliani, de Iniciativa Popular, a quien acompañaron María Luz Olazagoitía y Caren Tepp, de Ciudad Futura-FSP; Marina Magnani, de Unidad Ciudadana, y Norma López y Alejandra Gómez Sáenz, del Frente de Todos, se votó una modificación de la ordenanza  Nº 7.703 que regula el ejercicio del comercio en la vía pública -venta ambulante- por la que se dispone que “se asignará 1 (uno) de cada 10 (diez) de los cupos para personas travestis, transexual y transgéneros (si es que hay postulantes)”.

Asimismo se dio curso a una ordenanza de la concejala Caren Tepp, junto a sus pares del bloque Ciudad Futura-FSP, Jesica Pellegrini, Pedro Salinas y María Luz Olazagoitía; María Fernanda Gigliani, de IP; la presidenta del Concejo, María Eugenia Schmuck; Norma López, del Frente de Todos-PJ, y Susana Rueda, de Rosario Progresista, por la que se crea el Programa de Promoción de Participación Travesti-Trans en Economía Social y Popular y de igual modo se establece el Registro de Unidades Productivas con Participación de Personas Travesti, Transexuales y Transgénero.

El referido Programa tendrá por objeto “fomentar y garantizar la participación de las personas travestis, transexuales y transgénero en los programas y acciones estatales de financiamiento, capacitación y comercialización de la economía social y popular, a los fines de promover su inclusión social plena y el fortalecimiento de iniciativas productivas de desarrollo sociolaboral y socio comunitarios”.

Se establece asimismo “una reserva del 5 por ciento del presupuesto destinado al Programa Municipal Básico de Formación, Asistencia Técnica y Financiamiento para Emprendedores Locales (Promufo) para incluir a unidades productivas que se inscriban en el Registro de Unidades Productivas para el sector.

Respecto al cupo trans para venta ambulante expuso la edila Gigliani, y con relación al programa que se creó lo hicieron las concejalas Tepp, y Marina Magnani, de Unidad Ciudadana, y los ediles Carlos Cardozo, de Juntos por el Cambio, y Roy López Molina, de Cambiemos.


O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Modifícase la Ordenanza N° 7.703, la cual quedará redactada de la siguiente manera: “Artículo 14°.- Asignación de cupos: El Departamento Ejecutivo al establecer los cupos para cada rubro, dará prioridad a los vendedores que demuestren antecedentes en el ejercicio de la actividad (art. 7) y cumplan con los requisitos (art. 6), Se asignará 1 (uno) de cada 10 (diez) de los cupos para personas travestis, transexsual y transgéneros (si es que hay postulantes)”.