Expediente 261579 de la comisión de Presupuesto y Hacienda. Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo del Bloque Juntos por el Cambio.
O R D E N A N Z A
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar las siguientes modificaciones al Presupuesto de Recursos de la Administración Municipal para el Ejercicio 2022:
TOTAL DE RECURSOS
416.000.000,00
RECURSOS CORRIENTES
416.000.000,00
INGRESOSTRIBUTARIOS
416.000.000,00
DERECHOS
416.000.000,00
DERECHO DE REGISTRO E
INSPECCIÓN
416.000.000,00
Art. 2º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar con el Banco Municipal de Rosario un Convenio por la suma de hasta $100.000.000.- (Pesos Cien Millones). Dicho importe será destinado como aporte de capital a la mencionada entidad bancaria para que ésta, en su carácter de agente financiero del Municipio, instrumente una línea de financiamiento destinada exclusivamente a créditos para primera vivienda y de asistencia para alquiler.
Art. 3º: Créase en la órbita de la Secretaría de Modernización y Cercanía el Programa “Conexión Ciudad” en el marco del Plan de Digitalización asignándose a las partidas vinculadas a la Actividad Central 04, la suma de $50.000.000.- (Pesos Cincuenta Millones) destinados a la ampliación de la infraestructura necesaria para brindar servicios de internet gratuitos, libres y accesibles a barrios populares e instituciones, con el fin de promover la inclusión digital y reducir las brechas tecnológicas en la ciudad.
Art. 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal incrementará en la Secretaría de Género y Derechos Humanos las partidas vinculadas al Programa 16 – Promoción de Derechos Humanos Actividad Específica 02 – Empoderamiento de Víctimas en la suma de $ 16.000.000.- (Pesos Dieciséis Millones).
Art. 5º: El Departamento Ejecutivo Municipal incrementará en la Secretaría de Gobierno el Programa 19- Prevención y protección ante Emergencias Actividad Específica 01 –Prevención y respuesta a las Emergencias en la suma de $ 5.000.000.- (Pesos Cinco Millones) con destino a fortalecerlas partidas vinculadas a las tareas de monitoreo del Centro Integrado de Operaciones Rosario.
Art. 6º: El Departamento Ejecutivo Municipal incrementará en la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat las partidas vinculadas al Programa 21-Programa de Intervención Socio-Urbana de Barrios Populares Actividad Específica 01 – Registro Nacional de Barrios Populares (RENABAP) en la suma de $ 80.000.000.- (Pesos Ochenta Millones).
Art. 7º: El Departamento Ejecutivo Municipal incrementará en la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat las partidas vinculadas al Programa 16-Atención a Grupos Vulnerables Actividad Específica 39 – Asistencia y apoyo a Organizaciones Formales y no Formales en la suma de $ 16.000.000.- (Pesos Dieciséis Millones) con destino a la asistencia de población en situación de calle.
Art 8º: la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat destinará del total de la suma asignada a la Actividad Específica 26 – Asistencia focalizada a Personas del Programa16 – Atención a Grupos Vulnerables, la suma de $ 30.000.000.- (Pesos Treinta Millones) a acciones de asistencia a víctimas de violencia.
Art. 9º: El Departamento Ejecutivo Municipal incrementará en la Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo las partidas vinculadas al Programa 19 Promoción Económica Actividad Específica 09 – Innovación y Emprendedorismo la suma de $ 5.000.000.- (Pesos Cinco Millones).
Art. 10º: El Departamento Ejecutivo Municipal garantizará la suma de $12.000.000.- (Pesos Doce Millones) mensuales de Recursos de Libre Disponibilidad a los mismos fines y en la misma proporción que los recursos destinados al Fondo Compensador del Transporte Urbano de Pasajeros.
Art. 11º: Determínese que los gastos asociados a las tareas de mantenimiento y obras varias en el Barrio Inglés serán absorbidos desde la Secretaría de Obras Públicas con las partidas del Programa 18 Infraestructura Urbana Proyecto específico 11 Intervenciones Varias.
Art. 12º: Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar los ajustes necesarios en el Presupuesto de Gastos conforme lo dispuesto en Artículos 2 a 11de la presente Ordenanza de acuerdo al siguiente detalle:
TOTAL DE GASTOS
416.000.000,00
GASTOS CORRIENTES
266.000.000,00
GASTOS DE CAPITAL
150.000.000,00