Expediente 254.915 de la concejala León
D E C R E T O
Articulo 1°.- Exceptúese en el ámbito de la ciudad de Rosario del uso de barbijo casero o tapaboca únicamente a aquellas personas con Trastorno de Espectro Autista y/o personas con discapacidad cuya condición crítica lo requiera, de manera tal de atender así la imposibilidad del cumplimiento de personas que poseen hipersensibilidad sensorial; personas con crisis conductuales; y personas que manifiesten agresividad con otros o conductas autodestructivas, siempre resaltando la importancia de garantizar durante la salida (autorizada por la Decisión Administrativa número DECAD-2020-490-APN-JGM del Gobierno de la Nación) las demás medidas de prevención de contagio de COVID-19 como la distancia social y el lavado de manos o uso de alcohol en gel.