Expediente 262692 de la concejala Ferradas
D E C R E T O
Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la repartición que corresponda, incluya en todas sus comunicaciones oficiales de eventos públicos información sobre accesibilidad, es decir, espacios reservados para estacionar vehículos que transportan a personas con discapacidad, baños accesibles, butacas en espectáculos públicos y diversos sectores destinados a personas con discapacidad, cumpliendo con la cadena de accesibilidad para garantizar la plena participación y la promoción por la vida independiente.
Art. 2°.- A los fines de cumplir con lo establecido en el artículo precedente, los contenidos de comunicaciones oficiales de eventos deben ser accesibles, mediante la incorporación de los formatos de accesibilidad a la comunicación, como subtitulado y descripción de piezas multimediales, con el objeto de garantizar derechos a las personas con discapacidad visual y auditiva.