Expediente 263555 de la Comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos.
O R D E N A N Z A
Artículo.1º.- Modifícase el Artículo 1º la Ordenanza Nº 10.076 el cual quedará redactado de la siguiente manera: «Agréguese el artículo 9 Bis a la Ordenanza Nº 6.238 el cual quedará redactado de la siguiente manera: «Se incorporará en la página web oficial de la Municipalidad de Rosario http:// www.rosario.gov.ar de manera visible y de fácil acceso, que dentro del dispositivo «Teléfono Verde» se abordarán situaciones de violencia obstétrica, con la posibilidad de realizar denuncias administrativas en el caso que la violencia se haya producido en el ámbito de la salud pública municipal».