La Justicia avaló por primera vez la extracción de ADN a imputados y rechazó un planteo de inconstitucionalidad

Un fallo histórico de la Cámara Nacional de Apelaciones valida la ley que permite la extracción compulsiva de ADN a imputados, marcando un precedente clave para las investigaciones criminales en el país.

En un fallo histórico, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional rechazó el primer planteo de inconstitucionalidad contra la extracción compulsiva de muestras de ADN a imputados procesados con auto firme, ratificando la legalidad de la medida establecida por la Ley 27.759. Esta decisión establece un importante precedente en el uso de la genética para la resolución de casos penales en Argentina.

El caso, caratulado CCC 8069/2025/3 – BMF, involucró la defensa pública oficial de un imputado que cuestionó la constitucionalidad de los artículos 4º inciso e) y 6º de la Ley 26.879, modificada por la Ley 27.759. Los argumentos de la defensa se centraron en la supuesta violación de derechos fundamentales, tales como la intimidad, la integridad física, la protección de datos personales y la presunción de inocencia, al considerarse la toma compulsiva de ADN como una medida excesiva.

Sin embargo, la Sala VI del tribunal desestimó los agravios de la defensa y validó la constitucionalidad de la extracción de muestras genéticas. El fallo subraya que la medida no tiene carácter punitivo, sino que responde a objetivos investigativos y preventivos. Según el tribunal, la recolección de ADN se realiza bajo estrictos criterios de confidencialidad y protección de datos, lo que garantiza la seguridad de la información sensible.

El tribunal destacó que la extracción de muestras de ADN es un medio legítimo y proporcionado para fortalecer las investigaciones penales, contribuir a esclarecer delitos graves, identificar personas desaparecidas y exonerar a inocentes. De esta manera, se equiparó la toma de muestras genéticas con otros métodos de identificación, como las huellas dactilares y las fotografías, defendiendo su aplicación por el interés general de la sociedad en la persecución del delito.

El fallo también recordó que, en el derecho argentino, no existen derechos absolutos. La intimidad, al igual que otros derechos, puede ser regulada por la ley siempre que se respete la proporcionalidad, la legalidad y la razonabilidad de la medida. Este pronunciamiento marca un paso significativo hacia la consolidación de herramientas modernas y efectivas para la investigación criminal en el país.

El imputado en cuestión, BFM, fue procesado con auto firme por el delito de robo con uso de arma y su causa ya fue elevada a juicio oral. En este contexto, la Cámara ratificó la decisión del juez de primera instancia de ordenar la extracción compulsiva del perfil genético del imputado para su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a la Investigación Criminal.

Este fallo refuerza la aplicación de la Ley Antimafia y promete tener un rol central en la desarticulación de organizaciones delictivas, abriendo un camino para el uso legal y efectivo de las tecnologías en la lucha contra el crimen.