Instruirán en perspectiva de género y diversidad a los deportistas amateurs que soliciten becas

Expediente 262510 de la concejala López

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Modifícase la Ordenanza 6.034, la cual quedará redactada de la siguiente manera:

“Art.3º: La Secretaría de Deportes y Turismo de la Municipalidad de Rosario, en representación del DEM, reglamentará las normas que los deportistas deben cumplimentar para hacerse acreedores a lo ordenado en el artículo 1º, y en articulación con la Secretaría de Género y Derechos Humanos incorporará entre ellas la sensibilización y formación en igualdad, capacitando en Derechos Humanos, Perspectiva de Género, Diversidad, y participando en talleres de formación en Educación Sexual Integral.

Art. 3º bis: Establécese el carácter obligatorio de la formación y sensibilización en igualdad, Derechos Humanos, Perspectiva de Género, Diversidad y Educación Sexual Integral a todas aquellas personas que soliciten las BECAS ESPECIALES PARA DEPORTISTAS AMATEUR DE NIVEL INTERNACIONAL.

Art.4º: La duración de las becas será por el término de un año, pudiéndose concursar su renovación todas las veces que sea necesario siempre y cuando sea efectivo el cumplimiento de la formación y capacitación en Derechos Humanos, perspectiva de género, diversidad y Educación Sexual Integral.»