Implementan el beneficio de uso frecuente en el transporte urbano

Expediente 268.535 de Intendencia

El Concejo Municipal aprobó en el recinto de sesiones un mensaje del Departamento Ejecutivo que crea el beneficio por uso frecuente del transporte urbano de pasajeros, el que consistirá en un descuente en la tarifa a abonar desde el viaje número 30 y hasta el número 79, equivalente al 20 por ciento de la tarifa aplicable, y desde el viaje 80 en adelante un descuento del 25 por ciento, todo ello en un período mensual.

Se precisa que podrán acceder al beneficio todos aquellos usuarios que no cuenten con otro beneficio previsto por el sistema Sube.

Asimismo se derogan las ordenanzas que establecían las tarifas de uso frecuente.

Sobre el tema, que derivó en un debate sobre los subsidios al transporte, entre otros aspectos, expusieron Lisandro Cavatorta y Julia Eva Irigoitia, de Todos Hacemos Rosario; Fabrizio Fiatti, de Arriba Rosario; Norma López, del Frente de Todos-PJ; Silvana Teisa, de Trabajo y Dignidad; Caren Tepp, de Ciudad Futura, y Verónica Irizar, del bloque Socialista.

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Créase el beneficio por uso frecuente del transporte urbano de pasajeros de la ciudad de Rosario, que consistirá en un descuento en la tarifa a abonar desde el viaje número 30 y hasta el número 79 equivalente al 20 % de la tarifa aplicable, y un descuento en la tarifa a abonar desde el viaje número 80 en adelante equivalente al 25% de la tarifa aplicable, todo ello en un período mensual.

Art. 2°.- Podrán acceder al beneficio descripto en el artículo precedentemente todos aquellos usuarios que no cuenten con otro beneficio previsto por el sistema SUBE.

Art. 3°.- Deróguese la Ordenanza Nro. 8.497 y Nro. 8.842 y toda otra disposición que se contraponga con la presente.