Expediente 246.833 de la concejala Gigliani
VISTO
La informalidad de la actividad laboral que realizan los trabajadores maleteros en la Terminal de Ómnibus Rosario, y
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto de Intendencia Nº 1355 de fecha 26 de julio de 2001, se crea la Empresa del Estado Municipal «Terminal de ómnibus Rosario»;
Que en el Anexo del referido Decreto se encuentra el Estatuto de la Terminal, y en su artículo 3º detalla sus objetos entre los que se encuentran: la administración y el gerenciamiento de la Estación Terminal de Ómnibus Rosario con el fin del mejoramiento de los servicios prestados a los usuarios del servicio público de transporte de pasajeros de corta, media y larga distancia, empresas de transportes, comerciantes y demás prestadores de la Estación citada y público en general;
Que asimismo menciona la provisión de servicios accesorios a la administración antes referida;
Que como es sabido en la Terminal de Ómnibus desempeñan sus tareas laborales los trabajadores maleteros, encargados de la carga y descarga de los efectos personales de los pasajeros en las bodegas de los ómnibus;
Que los maleteros también se encuentran en la zona de ascenso y descenso de pasajeros de las paradas de taxis que se encuentran tanto por Cafferata como por Santa Fe;
Que su actividad se desarrolla en la más absoluta informalidad, ya que además de trabajar «en negro» no perciben un salario por su tarea, sino que su único ingreso se basa en las propinas que dejan los pasajeros de forma voluntaria al momento de despachar sus pertenencias;
Que en el mismo sentido carecen de los derechos básicos de cualquier trabajador registrado como ser: obra social, ART, seguro de vida, jubilación, entre otros;
Que muchas veces y dado el carácter de sus ingresos, se les dificulta poder cubrir las necesidades básicas de sus familias;
Es por lo expuesto que se eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:
D E C R E T O
Artículo 1°.- Se encomienda al Departamento Ejecutivo que, a través de la repartición que corresponda, realice un relevamiento de los trabajadores maleteros que se desempeñan dentro de la Terminal de Ómnibus Rosario, en la zona de plataformas, como así también de aquellos que desarrollan su actividad en la zona de ascenso y descenso de pasajeros de las paradas de taxis que se encuentran tanto por Cafferata como por Santa Fe.
Artículo 2º.- Del relevamiento participará también la Secretaría de Desarrollo Social a los fines de abordar la problemática social a través de la posible incorporación de los trabajadores maleteros a programas de empleo que se desarrollen actualmente en la ciudad de Rosario, acceso a la tarjeta única de ciudadanía, y demás alternativas que estime conveniente.
Artículo 3°.- El Departamento Ejecutivo remitirá a este Concejo, en un plazo que no exceda los quince días de comunicado el presente, la documentación respaldatoria de lo actuado a los fines de dar cumplimiento a los artículos precedentes, como así también de los resultados.
RELACIONADA
http://www.algoencomun.ar/es/piden-un-relevamiento-de-maleteros-de-la-estacion-de-omnibus/