La comisión de Gobierno otorgó despacho a un proyecto que modifica el Código de Faltas en tal sentido, de aprobarse en el Concejo los propietarios, poseedores, tenedores de establecimientos, casas, quintas, fincas u otro tipo de inmuebles, sean personas humanas o jurídicas, donde se realicen las fiestas clandestinas serán penados con una multa de 2.300 a 4.600 unidades fijas (UF) y/o de corresponder clausura de hasta 90 días”.
La reunión semanal de la Comisión de Gobierno del Concejo Municipal de Rosario realizada este martes 15 de junio, presidida por su titular, Marina Magnani, de Unidad Ciudadana y con la participación de María Fernanda Gigliani, de Iniciativa Popular; Caren Tepp, de Ciudad Futura-FSP; Daniela León, de la Unión Cívica Radical/Juntos por el Cambio; Fabrizio Fiatti, de Creo; Verónica Irizar, del bloque Socialista, y Eduardo Toniolli, del Frente de Todos-PJ.
Entre otras cuestiones quienes integran la comisión otorgaron despacho a un proyecto que unifica sendas iniciativas de la presidenta del Concejo, María Eugenia Schmuck, y del edil Carlos Cardozo, de Juntos por el Cambio, por el que se establecen sanciones para fiestas clandestinas.
En la normativa que tiene por objeto “desalentar y sancionar la organización de fiestas privadas ilegales o clandestinas” se precisa que se entiende por “fiestas clandestinas la realización de eventos con actividad de baile y/o cualquier tipo de espectáculos en los cuales se compruebe la venta de alcohol y/o ingreso masivo de personas en establecimientos, casas, quintas, fincas y otro tipo de inmuebles realizadas al aire libre o espacio cerrado”.
Se incorpora al Código de Faltas municipal, el inciso 88 del artículo 603 que establece que “los propietarios, poseedores, tenedores de establecimientos, casas, quintas, fincas u otro tipo de inmuebles, sean personas humanas o jurídicas, donde se realicen -las fiestas clandestinas- serán penados con una multa de 2.300 a 4.600 unidades fijas (UF) y/o de corresponder clausura de hasta 90 días”.
Asimismo se dispone una multa de iguales valores para los productores de los eventos citados.
De igual modo y como cláusula transitoria se indica que “las faltas que sean cometidas durante la emergencia transitaria declarada en virtud del Sars-Cov-2, serán sancionadas con multa de 15.000 unidades fijas a 25.000 UF, decomiso de todos los elementos, a criterio de la autoridad, necesarios para la realización del evento prohibido e inhabilitación de hasta 180 días, cuando se trate de un inmueble, piezas o infraestructura de un comercio habilitado”.
La concejala Gigliani dijo que el debate debe darse sobre la modificación del Código, en el que se está realizando para un nuevo Código de Faltas, pero resaltó la necesidad de abordar la problemática, “ante las fiestas clandestinas” actuales, dado que al presente no se contemplan sanciones, “salvo alguna acción penal”.
Por su parte la edila Irizar expresó su duda en cuanto al párrafo que indicaba “que no posean la habilitación correspondiente” las fiestas efectuadas en casas particulares, dado que al presente ese requerimiento no está contemplado, por lo que propuso su eliminación, lo que así se consensuó.
Coincidió en la apreciación la edila Gigliani, y sostuvo que “debía darse” el debate hacia el futuro respecto a esa temática.
También expresó sus dudas acerca de “cómo se regulan eventos más privados” la concejala Tepp, por lo que planteó para considerarlo tras la pandemia, “por ejemplo en barrios privados, donde el control público es más difícil”.
Con relación a la actual situación la concejala Irizar sugirió incorporar “se compruebe finalidad de lucro”.
Marcó la concejala León que el tema en análisis tiene exclusiva relación con “sanciones en el marco de la pandemia” y requirió centrarse en ello.
Al respecto el edil Fiatti mencionó que la cláusula transitoria es la que hace precisa referencia a la pandemia y agregó que luego sí se podría discutir en el marco de la evaluación del nuevo Código de Convivencia.
Se acordó realizar la modificaciones a la iniciativa en el recinto de sesiones.