Fue creada oficialmente la “Noche de las galerías” de Rosario

Expediente 246.637 del concejal Toniolli

Eduardo Toniolli

VISTO

La solicitud de las y los comerciantes de las Galerías de Rosario.

 

CONSIDERANDO

Que las galerías comerciales son vías completamente cubiertas y abiertas solo al tráfico peatonal en las que se reúnen diversos establecimientos comerciales.

 

Que nuestra ciudad se caracteriza por ostentar una larga tradición en materia de Galerías Comerciales, tanto en el centro como en los diferentes barrios.

Que las Galerías Comerciales de nuestra ciudad forman un entramado productivo PYME único en nuestro país, que solo en el casco histórico engloba a más de una veintena de estos espacios, que incluye aproximadamente 600 locales y más de 1200 empleados.

 

Que la coyuntura económica que atraviesa nuestro país, y la caída de la actividad comercial en particular, como se ve reflejado en el informe de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa las ventas minoristas de los comercios pymes cayeron 9,2% en septiembre frente a igual mes del año pasado, medidas a precios constantes. Acumulan una baja anual de 4,3% en los primeros nueve meses del año.

 

Que esta coyuntura exige al Estado local explorar medidas que coadyuven a sostener el movimiento comercial rosarino.

Que la baja del consumo popular, los aumentos de los alquileres, y los repetidos tarifazos en los servicios públicos, representan una pesada carga para las PYMES, y desalientan la actividad económica.

 

Que las galerías son un espacio de intercambio comercial, y también un lugar para el desarrollo de relaciones y vínculos comunitarios.”

 

Es por lo expuesto que esta Comisión elevan para su aprobación el siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA

Artículo 1º. Créase en el ámbito de la ciudad de Rosario la “Noche de las Galerías”, evento que se desarrollará con fechas y periodicidad a convenir con las Galerías Comerciales de nuestra ciudad.

 

Art. 2º. La Secretaría de Producción, Empleo e Innovación del Municipio será la autoridad de aplicación de la presente.

 

Art. 3°. La “Noche de las Galerías” se caracterizará por: · La extensión del horario de cierre. · La posibilidad, no restrictiva, de establecer descuentos especiales, sorteos, y otros atractivos. · La realización de espectáculos artísticos en los espacios de circulación, y de cualquier otra actividad que represente un aporte a la afluencia de público.

 

Art. 4°. La Secretaría de Producción, Empleo e Innovación coordinará con la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Rosario, en lo que refiere a la provisión de espectáculos públicos en el marco de los eventos a realizarse.

 

Art. 5°. La Secretaría de la Producción articulará con la Secretaría de Control y Convivencia de la Municipalidad de Rosario, y con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad pública en el marco del desarrollo de los eventos descriptos en esta norma.

Art. 6°. Comuníquese con sus considerandos, etc.