Extienden plazo de habilitaciones de clubes sociales, culturales y deportivos en el marco de la pandemia

Expediente 255286 del concejal Fiatti.

VISTO:

La posibilidad de simplificar en todo lo que resulte admisible, las condiciones de las habilitaciones municipales a los fines de reducir las cargas administrativas sobre el contribuyente, y;

 

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario evaluar la posibilidad de simplificar en todo lo que resulte admisible, las condiciones de las habilitaciones municipales en un esfuerzo por reducir en la medida de lo posible, las cargas administrativas sobre el contribuyente.

Que este esfuerzo se impone además por su propio peso, en las actuales condiciones donde existe una crisis económica y social desatada a consecuencia de la pandemia por el virus del Covid-19.

 

Que un paliativo que debiera evaluarse desde el Estado Municipal, podría consistir en acompañar a los distintos sectores sociales y productivos de la ciudad, mediante medidas de fomento directo y simplificación que impliquen una reducción de lo que normalmente se conoce como “burocracia municipal”.

 

Que entendemos que existe un justificado interés por abordar la temática, lo cual se verifica entre otros con la presentación de la iniciativa del Expte. 242.832 que se encuentra actualmente en tratamiento legislativo de este Concejo Municipal.

 

Que como ya hemos dicho, los resultados de estos esfuerzos, serán particularmente valorados en épocas de crisis como la que representa la actual coyuntura.

Que el declarado objetivo de la promoción de las actividades comerciales, muchas veces confronta y debe superar el diseño de normativa burocrática y específica relativa a habilitaciones municipales, y que normalmente afecta a la promoción industrial o comercial.

 

Que en este estado resulta conveniente garantizar un adecuado balance entre la necesidad de control por parte de los órganos pertinentes, cuidando de no perturbar el impulso de las actividades comerciales e industriales que intenten desarrollarse dentro del municipio.

Que uno de los aspectos que en este sentido pueden mejorarse, es el relativo a la duración de las habilitaciones comerciales, industriales y de servicios.

 

Que en tales circunstancias será necesaria la modificación de las ordenanzas vigentes para aplicar el mismo criterio en cuanto a la duración de las habilitaciones.

Que otro de los casos que corresponde ser evaluado es el que comprende a la actividad comercial de venta de diarios y revistas en la vía pública.

Que dicha actividad, está regulada por los Decretos – Ordenanzas N° 42.517/71; 44.834/72 y la Ordenanza N° 9.695 (Programa de renovación de escaparates de diarios y revistas).

Que la actividad presenta legalmente, la injustificada exigencia de realizar renovaciones anuales para los permisos de habilitación municipal, lo cual demanda la necesidad de disponer una actualización normativa que garantice igualdad de tratamiento con respecto a las otras actividades comerciales.

 

Que por lo expuesto, los concejales abajo firmantes elevan para su aprobación el siguiente proyecto de:

 

ORDENANZA

Artículo 1°.- Modifíquese el artículo 11 de la Ordenanza N° 8340/08, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 11.- Las habilitaciones otorgadas tendrán una duración de 10 (Diez) años y serán renovables por idéntico período, salvo aquellas que estén relacionadas con un contrato de concesión o de cesión de uso o tenencia precaria, en cuyo caso la habilitación no podrá exceder del término de vigencia que dispongan dichos actos jurídicos. Asimismo, la dependencia competente podrá otorgar habilitaciones provisorias por un tiempo menor al mencionado siempre que no existan inconvenientes relacionados con la seguridad, salubridad o higiene de la institución.

Las habilitaciones otorgadas deberán ser revalidadas a los cinco años, a través de la presentación de la institución ante el estado municipal de:

-las actualizaciones del instrumento constitutivo de la institución y su constancia de inscripción ante el organismo competente en caso que haya sufrido modificación desde la última habilitación,

– El Plano de edificación o en su caso relevamiento de las instalaciones existentes, para el caso que hayan sufrido modificaciones desde la última habilitación.»