Para evitar estafas crean el registro de salones de fiestas

Concejala M. Eugenia Schmuck

La Comisión de Gobierno ha tomado en consideración el proyecto de Ordenanza presentado por la concejala María Eugenia Schmuck,  mediante el cual crea el Registro de Salones de Fiesta.

Se fundamenta que: “Visto: La necesidad de que la ciudadanía pueda contar con información sobre los salones de fiesta habilitados en la ciudad de Rosario antes de realizar una contratación y;

Considerando: Que para celebrar eventos especiales tales como graduaciones de distintos niveles educativos, despedidas de año, cumpleaños de quince años, casamientos celebraciones particulares se acostumbra contratar el servicio de salones de fiestas.

Que estos eventos que suelen convocar a cientos de personas se acostumbra a contratar salones de fiesta.

Que para la contratación del servicio de fiesta se firma un contrato que determina los términos en que se realizará el evento.

Que se han denunciado decenas de casos de estafas en contrataciones de salones de fiesta.

Que los ciudadanos afectados por estas situaciones no obtienen respuestas por parte de las personas con las que habían tratado.

Que, adicionalmente, en gran parte de los casos se trata de locales no habilitados por la municipalidad como salones de fiesta.

Que resulta imperioso que la ciudadanía pueda consultar antes de contratar este tipo de servicios si las empresas con la que tratan están en regla y en condiciones de prestar su servicio.

Que el Municipio ha adquirido como política pública el acceso a la información pública, tal como lo demuestra la Ordenanza N° 9279 de datos abiertos.”            

La Comisión ha creído conveniente  producir despacho favorable y en consecuencia propone para su aprobación el siguiente proyecto de:

O R D E N A N Z A

Artículo 1º.- Créase el Registro de Salones de Fiesta, compuesto por la totalidad de salones de fiesta habilitados por la Municipalidad de Rosario.

Art. 2º.- El Registro de Salones de Fiesta será de público acceso y consulta a través de la página web del Municipio mediante un acceso específico creado a tal fin.

Art 3º.-El Registro de Salones de Fiesta incluirá:

  1. a) Razón social de la empresa
  2. b) Nombre de fantasía
  3. c) Dirección
  4. d) Teléfono y datos de contacto
  5. e) Fecha de otorgamiento y vencimiento de la habilitación

El Departamento Ejecutivo Municipal podrá incluir todo otra información que considere relevante.

Art. 4°.- La Dirección General de Habilitación de Industrias, Comercios y Servicios informará automáticamente toda alta y baja de habilitación de locales bajo el rubro Salones de Fiesta a los fines de su inclusión en el registro creado en el artículo 1º.