Las observaciones de la oposición se concentraron en los decretos 313/20, que dispuso el cierre de la frontera para los argentinos nativos o extranjeros con residencia en el país y el 329/20 que prohíbe despidos y suspensiones por 60 días. El resto de los decretos fueron avalados de manera unánime.
La senadora por Mendoza, Anabel Fernández Sagasti (FdT), fue la miembro informante del dictamen que aprueba los 20 DNU impulsados por el PEN vinculados a la pandemia del Covid-19. Destacó que todos ellos cumplieron con los requisitos formales; que fueron aprobados por la Bicameral de Trámite Legislativo; y que, «desde 1994 a la fecha, nunca estuvo tan acreditada la necesidad y la urgencia de ellos». Resaltó que las medidas firmadas por el Ejecutivo Nacional apuntaron a «salvaguardar la vida y la salud de los argentinos así como garantizar sus derechos económicos y sociales».
La legisladora por Mendoza puntualizó que «la Argentina repatrió al 90% de los argentinos que se encontraban en el exterior en el momento en que fue declarada la pandemia». Señaló que «a pesar de ello, la lista de argentinos que piden la repatriación se incrementó» porque muchos que estaban radicados fuera del país «han decidido regresar».
Al exponer sobre el capítulo de decretos englobados en el capítulo de los derechos económicos y sociales, Fernández Sagasti dijo que apuntan a «proteger a la población más vulnerable y garantizarles el acceso a los servicios básicos» de electricidad, gas, telefonía e internet.
La miembro informante subrayó también que según datos del Fondo Monetario Internacional está previsto que la economía argentina sufra una caída «del 5,3% de su PBI; que los Estados Unidos tendrán un retroceso equivalente al 5,9% de su PBI y que un 5,3% será el descenso del PBI que tendría Chile». Luego de describir los porcentuales del desempleo que se proyecta que afectarán a la Argentina, a Brasil y a Chile, concluyó que «ningún país del mundo, haya o no haya declarado el aislamiento social, estará a salvo de los daños que la pandemia le ocasionará al mundo».
La sesión especial se inició con la presencia de 71 senadores y senadoras. Luego de comprobar que tuvieran sus micrófonos en silencio, la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner invitó al senador por Misiones, Maurice Closs (Frente Renovador de la Concordia) a izar el pabellón nacional. Luego de ello se aprobaron los decretos emitidos por la Presidencia del Senado, entre los que se estableció la prórroga de la interrupción de los plazos parlamentarios, así como el que establece el mecanismo de funcionamiento remoto. Ambos fueron aprobados por unanimidad. La interacción se realizó a través de la plataforma Cisco Webex, que funcionó integrado con herramientas de Microsoft. Antes de iniciarse la sesión, los senadores y senadoras, ingresaron a la plataforma con un código de acceso individual, que les fue entregado a través de funcionarios del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) y del Registro Civil de cada provincia, una vez que fue validada su identidad.
En el cierre del Interbloque Juntos por el Cambio, el senador por Formosa, Luis Naidenoff (UCR) subrayó que a lo largo de la sesión, los miembros de su bancada habían expresado su apoyo para la mayoría de los DNU y algunas objeciones y rechazos. Destacó que la crisis desatada por el coronavirus había modificado la lógica política del enfrentamiento partidario. Así fue que resaltó que su fuerza política acompañó las medidas de salud pública impulsadas por el gobierno, así como las negociaciones que se llevan adelante por la deuda externa.
Afirmó que «en el marco de la crisis es necesario que el Congreso asuma sus plenos poderes» y que «quizás sea el tiempo de escuchar a los expertos en materia económica» e «impulsar un federalismo de solidaridad», porque «la crisis ha roto todos los manuales». Concluyó pidiendo «normalidad institucional».
El último orador fue el titular del bloque Frente de Todos, el senador por Formosa, José Mayans (FdT). El jefe de la bancada oficialista describió que frente a la pandemia se observaron dos posturas: «los que la consideraron una simple gripe» y los que tomaron medidas precautorias con una «visión más humanista».
Recordó que cuando la OMS (Organización Mundial de la Salud) decretó la Pandemia, «en la Argentina había 21 casos y 1 fallecido. En la actualidad tenemos 6656 casos, 321 fallecidos y 2266 recuperados». Destacó que «la decisión fue preservar la vida y la salud de los argentinos» sabiendo que «esto afectaba la economía». Mayans destacó la actividad del Senado y el paso, mediante el sistema de videoconferencia, de varios ministros y funcionarios por las comisiones del cuerpo. Afirmó que su bancada considera que «el gobierno está haciendo bien las cosas».
Reseña de los DNU aprobados por el Senado de la Nación:
El DNU N°260 /2020 refiere a la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley 27.541, por el plazo de un año.
En tanto, el DNU N° 274 /2020 establece la prohibición de ingreso al territorio nacional, por un plazo de 15 días corridos, de personas extranjeras no residentes en el país, a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso.
DNU N° 287 /2020, por el cual se modifica el Decreto 260 /20 sobre ampliación de la emergencia por el plazo de un año.
El DNU N° 297/2020, mediante el cual, a fin de proteger la salud pública, se establece para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, desde el 20 hasta el 31 de marzo inclusive del corriente año.
DNU N° 311/2020, establece que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión.
El DNU N° 312/2020 suspende hasta el 30 de abril de 2020, inclusive, la obligación de proceder al cierre de cuentas bancarias y a disponer la inhabilitación establecidas en el artículo 1º de la Ley Nº 25.730, como así también la aplicación de las multas previstas en dicha norma.
DNU N° 313 /2020, por medio del cual se amplían los alcances de la prohibición de ingreso al territorio nacional a través de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de fronteras y cualquier otro punto de acceso dispuesto por el Decreto Nº 274, hasta el 31 de marzo de 2020, inclusive.
El DNU N° 316 /2020 prorroga hasta el 30 de junio de 2020 inclusive el plazo establecido en el último párrafo del artículo 8º de la Ley Nº 27.541 para que los contribuyentes puedan acogerse el Régimen de Regularización establecido en el título IV de esta Ley.
El DNU N° 319/2020 establece la suspensión de las ejecuciones hipotecarias y el congelamiento, hasta el día 30 de septiembre del corriente año, del valor de las cuotas mensuales de los créditos hipotecarios que recaigan sobre inmuebles destinados a vivienda única y que se encuentren ocupados con el referido destino.
DNU N° 320 /2020, por medio del cual se suspende en todo el territorio nacional hasta el día 30 de septiembre del año en curso, la ejecución de las sentencias judiciales cuyo objeto sea el desalojo de inmuebles de los individualizados en el artículo 9° y el congelamiento de precios de alquileres.
El DNU N° 325/2020 prorroga la vigencia del Decreto Nº 297 /20 con las modificaciones previstas en el presente decreto hasta el 12 de abril de 2020 inclusive.
El DNU N° 326 /2020 instruye a la autoridad de aplicación y al Comité Administrador del Fondo de Garantías Argentino (FOGAR), creado por el artículo 8º de la Ley Nº 25.300, constituir un Fondo de Afectación Específica, con el objeto de otorgar garantías para facilitar el acceso a préstamos para capital de trabajo, por parte de las MiPyMES.
El DNU N° 329/2020 prohíbe por el plazo de 60 días a partir de su publicación los despidos sin justa causa y por las causales de disminución de trabajo y fuerza mayor, como también aquellas suspensiones por las causales de fuerza mayor y falta o disminución de trabajo.
DNU N° 331 /2020, mediante el cual se prorroga el plazo establecido por el artículo 1º del Decreto Nº 274/20 (prohibición de Ingreso al Territorio Nacional), hasta el día 12 de abril de 2020, inclusive.
El DNU N° 332 /2020 crea el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y empleadoras, y trabajadores y trabajadoras afectado por la Emergencia Sanitaria.
DNU N° 347 /2020, crea el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, que estará integrado por los titulares de los Ministerios de Desarrollo Productivo, de Economía y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y de la Administración Federal de Ingresos Públicos.
El DNU N° 355 /2020 prorroga la vigencia del Decreto Nº 297 /20, prorrogado a su vez por el Decreto Nº 325 /20 sobre Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive.
DNU N° 365 /2020 prorroga la vigencia del Decreto 274/20, prorrogado a su vez por el Decreto 331/20 sobre el Cierre de Fronteras hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive.
El DNU N° 367/2020 refiere a considerar la Enfermedad COVID-19 producida por el Coronavirus SARS-COV-2 presuntivamente una Enfermedad de Carácter Profesional -no listada-en los términos del apartado 2 Inciso B) del Artículo 6º de la Ley Nº 24.557.
Por último, el DNU N° 376 /2020 amplía el Decreto Nº 332/20 Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción.