El Concejo aprobó el Presupuesto 2022

Expediente 261373 de Intendencia

En el presupuesto se plantea una planta de personal de 12.253 personas.

En una sesión que se extendió hasta cerca de las 3 de hoy, viernes 3 de diciembre, el Concejo Municipal aprobó, en general de manera unánime el Presupuesto 2022 que plantea erogaciones por 71.224.198.000 pesos y se lo considera con un resultado equilibrado.

El Concejo municipal de Rosario aprobó esta madrugada del viernes 3 de diciembre el Presupuesto General de gastos y recursos, la ordenanza fue aprobada en lo general por unanimidad, mientras que concejales de diferentes bloques, votaron de manera negativa algunos artículos en particular.

Por otra parte, El Concejo Municipal resolvió realizar la Sesión Preparatoria de asunción de concejales y elección de autoridades el lunes 6 de diciembre a las 14:00. Por otra parte, la próxima Sesión Ordinaria del jueves 9 de diciembre se realizará a las 9:00 Hs.

Intervinieron en las exposiciones sobre el presupuesto, la Ordenanza General Impositiva (OGI), la ordenanza complementaria y la que crea el Programa de Financiamiento de Pavimento a Nivel Definitivo, la presidenta de la comisión de Presupuesto, Lorena Carbajal, del bloque Socialista; Germana Figueroa Casas, de Juntos por el Cambio; Marina Magnani y Andrés Giménez, de Unidad Ciudadana; Norma López y Eduardo Toniolli, del Frente de Todos-PJ, y Roy López Molina, de Cambiemos.

Respecto a la Ordenanza General Impositiva fue votada de manera unánime en general, mientras que ediles de distintos bloques votaron algunos artículos en particular de manera negativa.

Entre otros aspectos determina incremento en la alícuota que se cobra a bancos y entidades que realicen operaciones financieras, del 15,75 por mil, y de igual modo para servicios de internet.

De manera unánime se aprobó la creación de un Programa de Financiamiento del Pavimento a Nivel Definitivo e Infraestructura Vinculada, a partir de la realización de operaciones de crédito público por un monto total de hasta el 5 por ciento de los recursos de libre disponibilidad aprobados por la ordenanza de Presupuesto para los ejercicios 2022, 2023 y 2024.

En tal sentido se autoriza al Ejecutivo a la emisión de títulos de deuda, bonos o letras, entre otros.

Se precisa, aunque se aclaró que es enumerativo y no taxativo, que las obras de pavimentación deberán efectuarse en los barrios 25 de Mayo, Alvear, Antártida Argentina, Avellaneda y Bulevar Seguí, Belgrano Sur, Bella Vista Oeste, Empalme Graneros, Fábrica Militar, Las Delicias Centro, Las Flores, Las Flores Este, Lomas de Alberdi, Ludueña Norte, Godoy, Hipólito Yrigoyen, La Granada, Larrea, Ludueña Sur, Magnano, Matheu, Moderno, Parque Casas, San Francisco Solano, San Martín A, Santa Teresita, Triángulo, Uriburu  y La Guardia Sur, Vecinal Dorrego, Villa Banana y Urquiza.

Respecto a la ordenanza complementaria elaborada por la comisión de Presupuesto, votada negativamente por la bancada de Juntos por el Cambio, determina el destino de fondos que surgen a partir de los incrementos de alícuotas.

De tal manera, 100 millones de pesos, serán para que el Departamento Ejecutivo celebre un convenio con el Banco Municipal de Rosario, y como aporte de capital la entidad instrumente una línea de créditos para primera vivienda y para asistencia para alquiler.

Otros 50 millones de pesos serán para el Programa “Conexión Ciudad” que se crea en el ámbito de la Secretaría de Modernización y Cercanía, y en el marco del Plan de Digitalización , para ampliar la infraestructura necesaria para brindar servicios de internet gratuitos, libres y accesibles a barrios populares e instituciones “con el fin de promover la inclusión digital y reducir las brechas tecnológicas en la ciudad”.

También se dispondrán 16 millones para empoderamiento de víctimas en el área de la Secretaría de Género y Derechos Humanos; otros 5 millones de pesos serán para fortalecer partidas vinculadas a las tareas de monitoreo en el Centro Integrado de Operaciones Rosario (Cior); 80 millones para el Programa de Intervención Socio-Urbana de Barrios Populares, incluidos en el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap); 16 millones de pesos para incrementar la asistencia a personas en situación de calle; 30 millones para acciones de asistencia a víctimas de violencia y 5 millones para la Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo, en el área de innovación y emprendedorismo.

O R D E N A N Z A

Artículo 1º – Fíjanse en la suma de $ 71.224.198.000 (pesos setenta y un mil doscientos veinticuatro millones ciento noventa y ocho mil) los gastos corrientes, de capital y aplicaciones financieras del presupuesto de la Administración Municipal para el ejercicio 2022, conforme se indica a continuación y analíticamente en las planillas Nº 1 y 2, anexas a la presente ordenanza.

Concepto G.Corrientes G.de Capital A.Financieras Total

Adm.Central 408.466.000   6.082.377.000   4.455.475.000   67.946.318.000

Org.Descentral. 801.876.000   2.058.830.000   2.860.706.000

Inst.Seg.Social 408.367.000   8.807.000  417.174.000

TOTALES   58.618.709.000   8.150.014.000   4.455.475.000   71.224.198.000

Artículo 2º – Estímase en la suma de $ 71.224.198.000 (pesos setenta y un mil doscientos veinticuatro millones ciento noventa y ocho mil) el presupuesto de recursos de la Administración Municipal para el ejercicio 2022, destinado a atender los gastos fijados en el artículo anterior, de acuerdo con el resumen que se indica a continuación y el detalle que figura en la planilla Nº 3, anexa a la presente ordenanza.

Concepto Rec.Corrientes Rec.Capital

F.Financieras Total

Adm.Central 63.098.806.000   1.518.757.000   4.420.793.000   69.038.356.000

Org.Descentralizados 6.861.000   1.761.807.000   1.768.668.000

(Recursos Propios)

Inst.Seg.Social 417.174.000

417.174.000

TOTALES 63.522.841.000   3.280.564.000

4.420.793.000   71.224.198.000

Artículo 3º – Como consecuencia de lo establecido en los artículos 1º y 2º, formúlase el Presupuesto General de la Administración Municipal con un resultado equilibrado conforme al detalle que figura en la planilla Nº 4, anexa a la presente Ordenanza.

Artículo 4º – Fíjase en 12.253 (doce mil doscientos cincuenta y tres) el total de cargos de la planta de personal permanente de la Administración Central y Organismos Descentralizados. Este total no incluye las plantas de personal del Concejo Municipal, Instituto Municipal de Previsión Social de Rosario (IMPS), Tribunal Municipal de Cuentas ni Autoridades Superiores.

Artículo 5º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a incrementar el número de cargos de la planta de personal de la Administración Central y Organismos Descentralizados, cuando los mismos se correspondan con disposiciones emanadas del Concejo Municipal.

Artículo 6° – Estímase en la suma de $ 1.092.038.000 (pesos mil noventa y dos millones treinta y ocho mil) los importes correspondientes a los Gastos Figurativos de la Administración Central destinados al financiamiento de los Organismos Descentralizados, según el siguiente detalle:

Remesas A. Central SPVyH ILAR TOTAL

P/Transacciones Corrientes 551.307.000

207.744.000 759.051.000

P/Transacciones de Capital 332.011.000

976.000 332.987.000

Total 883.318.000

208.720.000 1.092.038.000

Artículo 7º – Detállase en planilla Nº 5, anexa a la presente ordenanza, el presupuesto de gastos por inciso de la Administración Central para el ejercicio fiscal 2022.

Artículo 8º – Detállase en planilla Nº 6, anexa a la presente ordenanza, el presupuesto de gastos por inciso del Servicio Público de la Vivienda y el Hábitat y del Instituto de Lucha Antipoliomielítica y Rehabilitación del Lisiado para el ejercicio fiscal 2022.

Artículo 9º – Estímase en la suma de $ 11.465.219.000 (pesos once mil cuatrocientos sesenta y cinco millones doscientos diecinueve mil) el presupuesto de operaciones del Instituto Municipal de Previsión Social de Rosario (IMPS) para el ejercicio fiscal 2022, según se detalla en planilla Nº 7 anexa a la presente ordenanza.

Artículo 10º – Las obras incluidas en el Plan de Trabajos Públicos de la Administración Municipal podrán financiarse tanto con recursos de libre disponibilidad como con recursos con afectación específica. En este último caso, se dará cumplimiento a las ordenanzas vigentes que regulan los fondos y cuentas con afectación específica.

Artículo 11º – Autorízase a financiar con el “Fondo Municipal de Obras Públicas” los trabajos de mantenimiento y reparación de vías de comunicación como, así también, aquellas erogaciones que tengan una relación directa con la ejecución del Plan de Trabajos Públicos de la Administración Municipal.

Artículo 12º – Autorízase a financiar con el “Fondo de Desagües Pluviales Municipalidad de Rosario” el mantenimiento del sistema de drenaje a cielo abierto y los servicios de limpieza y desobstrucción de cañerías.

Artículo 13º – Con el fin de optimizar la ejecución de las fuentes de financiamiento con afectación específica, el Departamento Ejecutivo podrá disponer de economías generadas en partidas de erogaciones de capital para el refuerzo de partidas de erogaciones corrientes, dentro de la misma fuente de financiamiento y siempre que se mantengan los objetivos por las cuales fueron constituidas.

Artículo 14° – Aplícanse para el ejercicio 2022 las disposiciones del Art. 3 – Inc. g de la Ordenanza 3223/82 a la totalidad de las rentas especiales de jurisdicción municipal. Podrán permanecer en sus respectivos fondos especiales los remanentes de ejercicios anteriores cuando así lo requieran, fundamenten y respalden los administradores de los mismos mediante el informe técnico correspondiente.

Artículo 15º – Autorízase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Municipal, incorporando las partidas específicas necesarias o incrementando las ya previstas, en los siguientes casos:

• Cuando se perciban recursos y/o deban realizarse erogaciones originados en leyes, decretos, resoluciones, convenios y otras disposiciones legales nacionales y/o provinciales, como así también por los aportes de organismos internacionales debidamente reconocidos.

• Cuando la proyección de ingresos con afectación específica supere los montos estimados en el presupuesto de recursos, asignando los incrementos a las respectivas fuentes de financiamiento.

• Cuando los ingresos de libre disponibilidad del ejercicio superen tanto al presupuesto de recursos aprobado como al total de compromisos definitivos del presupuesto de gastos correspondientes a dicha fuente de financiamiento. La diferencia posibilitará incrementar el presupuesto del ejercicio 2022 o bien constituirse como remanente para el ejercicio siguiente; en cualquiera de los dos casos se procederá a reforzar la partida de Crédito Adicional, inciso 11.

• Cuando a fin de optimizar los saldos presupuestarios, se requiera el incremento de gastos corrientes compensados con la disminución de gastos de capital o de aplicaciones financieras

hasta un monto equivalente al cuarenta por ciento (40%) del crédito inicial previsto en estos últimos. En ningún caso podrá reducirse el crédito aprobado en concepto de transferencia de capital en la presente Ordenanza.

• En caso de incrementos en los recursos propios de los organismos descentralizados no previstos en la presente ordenanza.

• Cuando se obtengan plazos financieros para cancelar compromisos contraídos que excedan el ejercicio 2022, siempre que la obligación esté afectada presupuestariamente en su totalidad en el

citado ejercicio.

Artículo 16° – De forma.