El Banco Municipal contará con billetera virtual

Expediente 256217 de la concejala Tepp. Aprobado por mayoría reglamentaria, con el voto negativo del Interbloque de Juntos por el Cambio.

A partir de sendos proyectos presentados por Caren Tepp, Pedro Salinas, Jesica Pellegrini y María Luz Ferradas, de Ciudad Futura;  y de Fabrizio Fiatti, de Arriba Rosario; la presidenta del Concejo, María Eugenia Schmuck; Mónica Ferrero y Verónica Irizar, del bloque Socialista; Susana Rueda, de Rosario Progresista  y la ex edila Lorena Carbajal, se votó un decreto que encomienda al Departamento Ejecutivo “gestione ante las autoridades del Banco Municipal de Rosario el desarrollo y/o creación de una plataforma virtual de pago o Billetera Virtual, con el objeto de generar herramientas financieras justas e inclusivas a nivel local, y a los fines de impulsar la economía local y regional”.

Votaron de manera negativa los ediles de Unión Pro-Juntos por el Cambio y la UCR/Juntos por el Cambio.

Hicieron referencia al tema la edila Tepp, de Ciudad Futura, y el concejal Carlos Cardozo, de Unión Pro-Juntos por el Cambio.

D E C R E T O

Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la repartición que corresponda, gestione ante las autoridades del Banco Municipal de Rosario el desarrollo y/o creación de una plataforma virtual de pago o Billetera Virtual, con el objeto de generar herramientas financieras justas e inclusivas a nivel local, y a los fines de impulsar a la economía local y regional.

Art. 2º.- Autorízase al BMR en caso de resultar necesario, y en el marco de la presente, su constitución como Proveedor de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago, y solicitar su inscripción en el Registro de Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC).

Art. 3º.- La plataforma virtual de pago o billetera virtual a ser desarrollada y/o creada conforme lo establecido en el artículo primero de la presente, consistirá en un conjunto de herramientas y dispositivos orientados a promover medios de pagos digitales que confluyan en una Billetera Virtual de Pagos de uso público por parte de la ciudadanía. Para ello el Banco Municipal de Rosario será la entidad encargada de generar progresivamente las siguientes funcionalidades:

a) Pagos virtuales de tributos y servicios municipales a través de cualquier tarjeta de crédito y/o débito. Todas las transacciones realizadas mediante la utilización de esta herramienta, deberán ser

depositadas por el BMR en una cuenta a nombre de la Municipalidad de Rosario.

b) Pagos mediante QR, link de pago u otro medio virtual, para comercios y unidades productivas adheridas, de manera que habilite a quienes compran utilizar tarjetas de débito/crédito de cualquier entidad bancaria y a las personas que comercializan recibir los fondos de las ventas de forma directa en su cuenta del BMR. Estas transacciones podrán contemplar la venta en cuotas, promociones y otros beneficios.

c) Pagos virtuales de otros servicios públicos municipales como ser la carga de tarjetas de transporte (Movi o la que en el futuro la reemplace), el Pago del Sistema de Estacionamiento Medido y multas derivadas del sistema, tarifas de taxis con adhesión al sistema QR y cualquier otro pago que el BMR considere conveniente incluir al sistema de pagos.

d) Otras funcionalidades para personas usuarias de las herramientas generadas, como ser el retiro de efectivo en cajeros sin tarjeta, transferencias de forma inmediata, con número de DNI, CBU o Alias o código QR y pago de servicios de telefonía móvil.

Art. 4º.- El BMR incluirá en sus medios de difusión información y promoción de las nuevas herramientas generadas, orientadas tanto a personas usuarias como a las unidades productivas, los comercios, locales gastronómicos, culturales y de servicios que quieran adherirse a los sistemas de pagos. Asimismo, generará los medios para adherir en forma inmediata a las unidades productivas que formen parte de las plataformas Web públicas de difusión y comercialización de la economía local.

Art. 5º.- Las personas que sean clientes del BMR podrán adherirse voluntariamente a la plataforma a los fines de utilizar los medios de pagos generados. Todas las personas que no cuenten con cuentas bancarias, podrán abrir asimismo una Cuenta Gratuita Universal, sin costos de apertura, ni mantenimiento. Este beneficio será promocionado por el BMR, y en particular estará orientado a aquellas personas residentes en la ciudad y la región que sean perceptoras de beneficios y/o prestaciones sociales por parte del gobierno municipal, provincial y/o nacional.

Art. 6º.- El BMR evaluará la factibilidad de incorporar otras funcionalidades a la aplicación, que incluyan mecanismos de ahorro y financiamiento para las compras locales, con comisiones justas y que reflejen los costos de mantenimiento del sistema.