Disponen instancias de capacitación para el abordaje de consumos problemáticos

Expediente 271686 de la concejala Ana Laura Martínez.

O R D E N A N Z A

Art. 1°.- Modifíquese el art 12 de la Ordenanza 10.477, Registro Municipal de Comedores y Merenderos Comunitarios de la Sociedad Civil (ReMuCo), el cual quedará redactado de la siguiente manera:

«Art 12°:- CAPACITACIÓN A COMEDORES Y MERENDEROS. Por intermedio de la Secretaría de Salud Municipal, o en el que su futuro la reemplace, se garantizará el desarrollo de instancias de capacitación en temáticas vinculadas a la seguridad alimentaria, alimentación saludable a fin de mejorar las políticas y acciones en la materia.

Art. 12º bis. Por intermedio de la Agencia Local de Prevención y Abordajes de Consumos Problemáticos (creada por ordenanza 10.631), o la que en su futuro la reemplace, deberán realizarse instancias de capacitación sobre abordajes y redes de asistencias disponibles en Consumos Problemáticos.