Desde la medianoche comenzará a regir la ordenanza de alcohol cero en Rosario

La normativa que fue aprobada por el Concejo “prohíbe la concentración de alcohol en sangre (más de 0 g/l) para quienes conducen cualquier tipo de vehículo a motor registrado y homologado».

Desde las 00 horas del sábado 8 de mayo comenzará a regir la ordenanza N° 10.182/2021, que votó el Concejo Municipal el 8 de abril de este año, que “prohíbe la concentración de alcohol en sangre -más de 0 gramo de alcohol por litro de sangre- para quienes conducen cualquier tipo de vehículo a motor existente en la vía pública y todo tipo de vehículo a motor registrado y homologado que se incorpore a la circulación en la vía pública”.

Cabe recordar que el 22 de abril pasado, el intendente Pablo Javkin, acompañado por representantes de organizaciones sociales vinculadbas con la seguridad vial, promulgó dicha ordenanza, la cual entraría en vigencia a partir de diez días hábiles.

Está previsto que desde la misma madrugada del 8 de mayo, la Secretaría de Control y Convivencia Ciudadana comience con operativos para detectar dicha falta. Los mismos seguirán con la misma mecánica que ya se viene desarrollando: serán móviles y en distintos puntos de la ciudad, con la particularidad de que ahora el límite para conducir dejará de ser 0.5 g/l y pasará a ser 0 g/l.

Cabe remarcar que actualmente rige una restricción de circulación vehicular a partir de las 20 horas (solamente pueden circular vehículos que trasladen personal esencial o autorizado), por lo que los operativos de cumplimiento de la ordenanza de alcohol cero se complementarán con los realizados para garantizar dichas restricciones.

En el caso de que se compruebe que el conductor ha superado el cero gramo de alcohol por litro de sangre y/o conduzca bajo los efectos de drogas o estupefacientes y/o lo haga con impedimentos físicos que dificulten la conducción, no existiendo otra causal de remisión al momento del procedimiento, el personal a cargo del operativo podrá permitir la cesión de la conducción del vehículo a una persona que pueda hacerse presente en el lugar en un término máximo de 20 minutos contados desde el momento de la finalización del primer control, siempre que se dé cumplimiento a las siguientes exigencias y las circunstancias del entorno sean propicias: que quien se haga responsable de la conducción cumpla con los requisitos para la circulación, conforme lo establecido en el Artículo 36° de la Ordenanza 6543/1998, que el control de alcoholemia al que fuese sometido, previo a tomar la conducción, arroje un resultado igual a cero y el control de drogas y estupefacientes no sea positivo.

Cuando se proceda a la cesión de la conducción, el inspector actuante retendrá preventivamente la licencia de conducir del presunto infractor, la que será remitida a la Dirección General del Tribunal Municipal de Faltas con las actuaciones.

Datos sobre siniestros viales

Gran parte de los siniestros viales se producen por impericias o negligencias humanas, siendo la conducción bajo efectos del alcohol el principal causante de las mismas. Por lo menos en la mitad de los casos de muertes en siniestros de tránsito en el mundo está presente el alcohol.

Argentina registra uno de los índices más altos de fallecimientos de jóvenes menores de 29 años por accidentes de tránsito en Latinoamérica, coexistiendo entre las posibles principales causas de incidentes viales los motivos asociados al consumo de alcohol, el cual constituye el único factor medible en forma objetiva y rápida.

Según estadísticas oficiales, Santa Fe es la provincia con más alto índice de muertes viales del país: 739 muertes a hora cero, es decir en el lugar del hecho. Este número se incrementa al considerar los fallecimientos acaecidos a partir del traslado de los sujetos accidentados, los que actualmente son registrados como muerte violenta y no como muerte vial.

Los efectos del alcohol son directamente proporcionales a su concentración en sangre, presentando a mayor concentración, mayor deterioro, como ser:

  • 0.15 a 0.2 g/l Disminución de reflejos
  • 0.2 a 0.3 g/l Falsa apreciación de las distancias, subestimación de la velocidad
  • De 0.3 a 0.5 g/l Excitación emocional, disminución de la agudeza mental y de la capacidad de juicio, relajación y sensación de bienestar, deterioro de los movimientos oculares
  • De 0.5 a 0.8 g/l  Aumento del tiempo de reacción, alteraciones en los reflejos, comienzo de perturbación motriz, euforia en el conductor, distensión y falsa sensación de bienestar, tendencia a la inhibición emocional, comienzo de la impulsividad y agresión al volante
  • De 0.8 a 1.5 g/l Estado de embriaguez importante, reflejos muy perturbados y retraso en las respuestas, pérdida del control preciso de los movimientos, problemas serios de coordinación, dficultades de concentración de la vista, disminución notable de la vigilancia y percepción del riesgo
  • De 1.5 a 3 g/l Embriaguez muy importante y notable confusión mental, cambios de conducta imprevisibles: agitación psicomotriz, fuertes perturbaciones psicosensoriales, vista doble y actitud titubeante
  • Más de 3 g/l Embriaguez profunda, inconsciencia, abolición de los reflejos, parálisis e hipotermia, coma, puede producirse la muerte.

Por lo tanto, toda concentración de alcohol en sangre, aún en mínimas cantidades, provoca alteraciones en atención dividida, funciones visuales y habilidades de conducción.

Conforme a estudios publicados por el Ministerio del Interior del Gobierno de España la tasa de alcohol en sangre es variable de persona a persona, así como para una misma persona en dos momentos diferentes, según una multiplicidad de factores. Esta característica expone a los consumidores a padecer la potencialidad de presentación de efectos nocivos para las capacidades requeridas para la conducción incluso en cantidades mínimas de ingesta. Señala además el mismo estudio que “el alcohol puede empezar a detectarse en la sangre a los 5 minutos de haberlo ingerido y alcanza su máximo nivel entre los 30 y 90 minutos siguientes”.

Datos de la organización «Luchemos por la Vida»

La ONG “Luchemos por la vida”, que viene realizando campañas de concientización contribuyendo a educar a la población argentina en Seguridad Vial, investigó sobre la cantidad de conductores que manejan alcoholizados y también de las creencias, conocimientos –y también desconocimientos– que hay sobre el tema.

De los datos recogidos, surge que:

– El 67% de los encuestados consume habitualmente bebidas alcohólicas. Muchos de ellos conducen después de haber bebido.- El problema es más grave los fines de semana, en los cuales el 69% conduce después de comer y beber alcohol; lo que supone que el 46% del total de los conductores conduce alcoholizado durante el fin de semana.

– El 47% de los encuestados no conoce el límite legal de alcohol tolerado en sangre en conductores particulares (hasta el momento de 0,5 g/l).

– El 65% cree que un solo vaso de alcohol no afecta la capacidad para conducir.

– El 58% cree que el tiempo para que se pasen los efectos del alcohol es menor al necesario.

– El 29% de los encuestados no conoce el límite legal de alcohol tolerado en sangre en conductores profesionales (0 g/l).

– El 22% de los encuestados piensa que hay que tomar 3 o más vasos de vino para que la capacidad de conducir se vea afectada.

– El 50% de los encuestados calcula 2 botellas o más de cerveza para cada invitado si organiza una fiesta. El 32%, una botella por persona.

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