El Decreto establece que «el personal docente de todos los niveles y modalidades de la enseñanza que se desempeñe en más de un establecimiento educativo, podrá cumplir sus obligaciones laborales asistiendo a uno solo de ellos, el que se encuentre más cercano a su domicilio». Esta decisión se basa en disminuir la cantidad de personas en circulación, como también el uso del transporte público.
Tanto personal docente, como auxiliar docente y escolar no docente están alcanzados por esta disposición y las resoluciones establecidas por el Decreto «serán aplicables al personal escolar de los establecimientos particulares de enseñanza comprendidos en los alcances de la Ley N° 6427».