Crearon el programa municipal de gestión menstrual

Expediente 251236 de la concejala López (*El expediente sufrió modificaciones en el recinto de sesiones).

 

O R D E N A N Z A

Artículo 1°.- Créase el “PROGRAMA MUNICIPAL DE GESTIÓN MENSTRUAL”.

 

Art. 2°.- Se denomina elemento de gestión menstrual a todo elemento de contención utilizado durante la menstruación tales como: toallas higiénicas (descartables o reutilizables), tampones, copas menstruales, esponjas marinas y ropa interior absorbente.

 

Art. 3°.- El Presente Programa tiene por objetivo general generar acciones de concientización sobre el ciclo menstrual, como así también abordar de manera integral las situaciones de inequidad que sufren mujeres y personas con capacidad de gestar, solo por el hecho de menstruar.

 

Art. 4°.- Para cumplir con el objetivo establecido en el artículo precedente, el Departamento Ejecutivo desarrollará una serie de propuestas con un abordaje integral. El conjunto de estas propuestas que se detallan a continuación no es taxativo:

1- Menstruación fuera del closet: Convocar un concurso de ideas para el diseño e implementación de una campaña gráfica/audiovisual orientada a generar contenidos e información acerca de este tema, como evitar la discriminación de personas menstruantes, incluyendo capacitación para docentes sobre estrategias para abordar el tema en el aula.

2- Economía social: Fortalecer a emprendimientos locales que produzcan y/o comercialicen elementos de gestión menstrual ecológicos, mediante la adquisición de productos para campañas de distribución gratuita y otras estrategias de promoción.

3- Campaña solidaria de recolección y distribución de elementos de gestión menstrual: Impulsar una colecta solidaria de elementos de gestión menstrual, en sinergia con organizaciones de la sociedad civil e instituciones. Garantizar la provisión de elementos para la gestión menstrual a niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de gestar, especialmente en ámbitos educativos, de salud y recreativos, cárcel de mujeres, refugios, centros de día, en forma anónima y gratuita.

4- Precios justos: incluir productos de gestión menstrual en el programa municipal de precios justos.

5- Cuidado del medio ambiente: a) promover acciones de concientización sobre la importancia de reducir los residuos generados por los elementos de gestión menstrual y generar estrategias para separar los residuos sanitarios. b) difundir productos ecológicos como método alternativo, mediante campañas de distribución de elementos como toallas higiénicas de tela de manera gratuita en efectores de salud, acompañados sin excepción de un instructivo de uso e higiene. 6- Baños amigables: Desarrollar estrategias para que todos los baños de acceso público de la ciudad cuenten con las condiciones de higiene necesarias para su uso (limpieza, agua potable, cestos para la disposición de residuos, iluminación, que las puertas funcionen, jabón, cartelería informativa).

 

Art. 5°.- En todo en cuanto resulte aplicable, se respetarán los principios de identidad de género detallados en la Ley N° 26.743.

 

Art. 6°.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar convenio de colaboración con empresas del sector privado dedicadas a la elaboración y comercialización de elementos de gestión menstrual descritas en el artículo 2º, para que en el marco del concepto de responsabilidad empresarial, se evalúen opciones como canastas económicas, donaciones para poblaciones vulnerables, campañas de promoción y concientización, todo esto consensuado y llevado adelante entre el sector privado y el público.