Crean un premio del Concejo a la paridad de género en los medios de comunicación

Expediente 255944 de la concejala Rueda.

 

R E S O L U C I Ó N

1º.- Créase el Premio Petrona Rosende “Paridad de Género en los medios de comunicación”, dentro de la órbita del Concejo Municipal de Rosario.

2º.-Establécese como fecha de otorgamiento del Premio el día 15 de septiembre de cada año, en conmemoración a la Cuarta Conferencia Mundial de la Mujer, realizada del 4 al 15 de septiembre de 1995, mediante la cual se aprobó la Plataforma de Acción de Beijing. Para el caso de que la fecha designada resultara en día inhábil, la fecha se fijará en el día hábil subsiguiente.

3º.-El Premio será otorgado anualmente a todos aquellos medios de comunicación orales, televisivos, digitales y escritos, que se desempeñan en la ciudad de Rosario, que acrediten el cumplimiento del principio de paridad de género dentro de la totalidad de sus áreas organizativas internas, de producción y gestión de contenidos.

4º.- Principio de Paridad de Género en los medios de comunicación. Habrá paridad de género cuando en la integración del plantel de los medios de comunicación, el número de trabajadoras y trabajadores (cualquiera sea la forma de contratación), no supere en más de uno a los del otro sexo.

5º.- Créanse los Premios Especiales para aquéllos medios de comunicación que, no acreditando paridad en la totalidad de medio, acrediten composición paritaria en alguna de las siguientes categorías:

  1. a) Categoría “Cargos jerárquicos”, entendiéndose comprendidos en esta categoría quienes formen parte de directorios, dirección ejecutiva, cargos gerenciales, jefaturas de redacción y jefaturas de producción.
  2. b) Categoría “Cobertura de noticias”, entendiéndose comprendidos en esta categoría quienes se desempeñan como cronistas, redactores/as, móviles, y producción.
  3. c) Categoría “Conducción”
  4. d) Categoría “Columnistas de opinión”, entendiéndose comprendidas en esta categoría a todas las personas que desarrollan columnas de opinión en temas especializados, como ser: economía, política, género, medio ambiente, policiales, internacionales, etc.
  5. e) Categoría “Área técnica”, entendiéndose comprendidos en esta categoría camarógrafos/as, iluminadores/as, encargados/as de control, operadores/as de sonido, etc.

6º.- A los fines de fomentar la participación justa de identidades disidentes, se crea una Mención Especial para aquellos medios que, en cualquiera de las categorías, acrediten la presencia de al menos dos personas perteneciente al colectivo Trans, entre la planta de integrantes del medio.

7º.- El otorgamiento del Premio “Paridad de Género en los medios de comunicación Petrona Rosende” y de las Menciones Especiales por paridad en las diferentes categorías tendrán como objetivos:

  1. a) Fomentar el incremento progresivo de la presencia de mujeres e identidades diversas en los equipos de trabajo de los medios de comunicación orales, televisivos, digitales y escritos, en las áreas de producción y gestión de contenidos, en todas sus estructuras organizativas internas: gerencia, técnica, conducción, producción y toma de decisiones.
  2. b) Impulsar a que mujeres y diversidades integren, en pie de igualdad con los varones no solamente en cuanto a cantidad numérica, si no a roles y tareas cumplidas en las diferentes áreas de los medios de comunicación.
  3. c) Impulsar el cuestionamiento de los roles históricamente asignados a mujeres y disidencias en los medios de comunicación y favorecer una representación justa.

8º.- El Premio “Paridad de Género en los medios de comunicación Petrona Rosende” y los Premios Especiales previstos en el punto 5, constará de una estatuilla y un certificado que acredite el Premio, el cual contendrá timbrado oficial y logo del Concejo Municipal de Rosario.

9º.- A los fines de calificar para la obtención de los Premios en las diferentes categorías y de los Premios Especiales previstos en el punto 5, los medios que se postulen, deberán:

Acreditar la composición paritaria presentando por escrito la nómina de integrantes del medio por cada categoría, especificando si es un medio oral, audiovisual, digital o prensa escrita, a fin de dar cuenta de cumplir con los criterios de paridad establecidos en la presente norma.

10º.- El Concejo Municipal de Rosario deberá:

  1. Constituir un Jurado de 7 integrantes, para evaluar y analizar las postulaciones. Para tal fin convocará una representante de la Secretaría de Género y DDHH y de Comunicación Social de la Municipalidad de Rosario, autoridades de la Comisión de Feminismos y Disidencias del Concejo Municipal, integrantes del Observatorio de Medios de la Escuela de Comunicación Social de la Facultad de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la UNR, una representante del Sindicato de Prensa de la ciudad de Rosario y a dos representantes del Consejo

Asesor de la Mujer de la Municipalidad de Rosario.

  1. Fijar las fechas de presentación de las postulaciones y el plazo de evaluación.
  2. Establecer los requisitos de presentación, que deberán ser publicados con al menos un mes de anticipación a la fecha que se fije de evaluación, de en el boletín oficial y en la página web oficial del Concejo Municipal.