Crean recorridos virtuales 360° para fomentar el turismo

Expediente 269335 de la concejala Nadia Amalevi.

El Concejo votó una ordenanza de la edila Nadia Amalevi, de Arriba Rosario, que crea el Tour “Rosario 360”, a través del cual se implementarán recorridos interactivos virtuales 360º de distintos puntos de interés de la ciudad de Rosario, con el objetivo de fomentar el turismo, potenciar la educación y desarrollar la cultura.

Se precisa que el Tour “Rosario 360” consistirá en una serie de tours digitales interactivos en formato 360 grado, que estarán en el sitio web municipal o en una aplicación, y permitirá a los usuarios desplazarse libremente y de forma inmersiva por distintos edificios destacados de la ciudad, interactuando con fotos detalle, videos 360, audioguías e información adicional sobre puntos que se consideren de interés.

Como prueba piloto se plantea que el Ejecutivo municipal cree un plan de recorridos virtuales con los museos de la ciudad de Rosario, sus obras y esculturas.

Se establece como autoridad de aplicación de la normativa a la Secretaría de Cultura y Educación.

O R D E N A N Z A

Art. 1º. Creación. Créase el Tour “Rosario 360°”, mediante el cual se crearán Recorridos Interactivos Virtuales 360° de distintos puntos de interés de la ciudad de Rosario, con el objetivo de fomentar el turismo, potenciar la educación y desarrollar la cultura.

Art. 2º. Autoridad de aplicación. Será Autoridad de Aplicación del presente programa la Secretaría de Cultura, o la que en el futuro la reemplace.

Art. 3°. Contenido. El Tour “Rosario 360°” consistirá en una serie de tours digitales interactivos en formato 360°, anclados en el sitio web de la municipalidad o una aplicación, que permite a los usuarios desplazarse libremente y de forma inmersiva por distintos edificios destacados de la ciudad, interactuando con fotos detalle, vídeos 360, audioguías, información adicional, etc., sobre puntos que se consideren de interés.

Art. 4°. Prueba piloto. El Departamento Ejecutivo Municipal deberá crear e implementar un primer plan de recorridos interactivos virtuales 360° con los museos de la ciudad de Rosario, sus obras y esculturas.

Art. 5°. Adhesión. Los particulares que deseen incorporarse al mencionado Tour, por poseer edificios de gran valor arquitectónico, patrimonial o cultural, deberán realizar una solicitud fundada ante la Autoridad de Aplicación. Deberán proveer a la misma el material audiovisual a los fines de que sea incorporada al sitio web o aplicación oficial, con los requisitos que disponga la Autoridad de Aplicación.

Art. 6°. Difusión. La Autoridad de Aplicación, deberá realizar campañas informativas a los fines de difundir el Tour “Rosario 360°”.

Art. 7°. Reglamentación. El D.E.M. reglamentará la presente ordenanza en un plazo de 180 días de aprobada la misma.