Crean el Programa sello Verde

Expediente 255029 de la concejala Irizar.

Iniciativa de la concejala Verónica Irizar, del bloque Socialista, a quien acompañaron sus pares de bancada, Mónica Ferrero y Lorena Carbajal; Daniela León, de la Unión Cívica Radical/Juntos por el Cambio, y Susana Rueda, de Rosario Progresista, se aprobó una ordenanza que crea el Programa Sello Verde en el ámbito de la Secretaría de Ambiente y Espacio Público, el que asistirá a las empresas de la ciudad que adhieran voluntariamente.

Para acceder al referido Programa se deberán contemplar acciones vinculadas a la gestión sustentable de los residuos, la eficiencia energética y el uso eficiente del agua, “pudiendo incorporar otras temáticas que se consideren relevantes para la sustentabilidad de la ciudad”.

Se determina que las empresas deberán adherir mediante un compromiso que para tal fin elaborará la autoridad de aplicación.  También se plantea que la Municipalidad evalúe para que los procesos de compras públicas se dé prioridad a las empresas que posean el Sello Verde.

Destacó la concejala Irizar en su intervención que “hay empresas que ya lo poseen pero es necesario formalizarlo” y destacó la expectativa respecto a que más empresas se sumen.

O R D E N A N Z A

Artículo 1°: Créase el Programa Sello Verde, en la esfera de la Secretaria de Ambiente y Espacio Público de la Municipalidad de Rosario.

Art. 2°: Dicho programa asistirá mediante acompañamiento técnico y capacitación a las empresas de la ciudad que adhieran voluntariamente.

Art. 3°: La autoridad de aplicación establecerá los mecanismos para asistir a las empresas en el proceso y los requisitos y plazos para otorgar el Sello Verde. Dichos requisitos deberán contemplar como mínimo acciones vinculadas a la gestión sustentable de los residuos, la eficiencia energética y el uso eficiente del agua, pudiendo incorporar otras temáticas que se consideren relevantes para la sustentabilidad en la ciudad.

Art. 4°: Las empresas deberán adherir mediante un compromiso que la autoridad de aplicación elaborara a tal fin

Art. 5°: Las empresas podrán difundir el Sello otorgado durante el periodo de vigencia del mismo a sus clientes y a la comunidad en general.

Art. 6°: Las empresas que se sumen al programa deberán cumplir la normativa ambiental vigente, acreditado por la autoridad competente, la Dirección de Fiscalización Ambiental.

Art. 7°: La autoridad de aplicación evaluará la posibilidad de generar los mecanismos necesarios para que el Municipio dé prioridad en los procesos de compra pública a las empresas que posean un Sello Verde vigente al momento de la compra y/o contratación.

Art. 8°: Si la empresa incurriera en alguna infracción a la normativa ambiental puede retirarse el Sello Verde a criterio de la autoridad de aplicación, no pudiendo la empresa difundirlo a partir de ese momento.

Art. 9°: La municipalidad difundirá por los medios que considere el listado de empresas a las que se le ha otorgado el Sello Verde, para promover que los consumidores las elijan por su responsabilidad ambiental.