Las Comisiones de Salud y Acción Social y Presupuesto y Hacienda han considerado el proyecto de Ordenanza presentado por los Concejales Enrique Estévez, Horacio Ghirardi, Verónica Irizar, Aldo Pedro Poy y Carlos Comi, que expresa:
“Visto: La necesidad de concientizar sobre los riesgos que implica realizar actividades deportivas y potenciar las posibilidades de generar hábitos propicios en beneficio de la población y,
Considerando: Que la educación física, la recreación y el deporte resultan imprescindibles para el desarrollo integral de los ciudadanos.
Que realizar actividad física de intensidad moderada en forma regular, tiene importantes beneficios para la salud y contribuye a prevenir las enfermedades no transmisibles, debido a que mejora el estado muscular y cardiorrespiratorio, mejora la salud ósea y funcional, asimismo reduce el riesgo de hipertensión, cardiopatía coronaria, accidente cerebrovascular, diabetes y depresión, reduce el riesgo de caídas y de fracturas vertebrales o de cadera, es fundamental para el equilibrio energético y el control de peso.
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha elaborado las recomendaciones mundiales sobre la actividad física para la salud con el objetivo de proporcionar orientación sobre la relación dosis-respuesta entre frecuencia, duración, intensidad, tipo y cantidad total de actividad física aconsejable para los distintos grupos etarios.
Que en los últimos años han proliferado en nuestra ciudad espacios para el realizar ejercicio físico, ya sea en lugares cerrados o a cielo abierto.
Que existen numerosas entidades y agentes, públicos y privados, dedicadas a la actividad física en múltiples manifestaciones y disciplinas.
Que resulta imperioso unificar criterios acerca de incumbencias profesionales, prevención de afecciones relacionadas a la práctica deportiva, los riesgos que conlleva la actividad, para contribuir a una práctica responsable del deporte.
Que es sumamente necesaria la toma de conciencia de cada ciudadano en función de la reducción de riesgos y las condiciones saludables de la práctica de deportes, mediante la incorporación de saberes en primeros auxilios, la prevención de lesiones, cómo mantener una correcta hidratación y nutrición.
Que, asimismo, los profesores y personas a cargo de los grupos de entrenamiento físico deben estar asesorados respecto a los aspectos jurídicos, impositivos y seguros indispensables para llevar a cabo estas prácticas de forma responsable y segura.
Que la Ordenanza Nº 4.991/1990, que regula el funcionamiento de los Gimnasios de nuestra ciudad.
Que la Ordenanza Nº 9.290/2014 establece el marco normativo de los grupos de entrenamiento físico recreativo en espacios públicos, estableciendo en el artículo 8º que los responsables de los mismos deberán contar obligatoriamente con cursos de primeros auxilios y Resucitación Cardio Pulmonar (R.C.P.) bajo protocolo de la American Heart Asociation”.
Es por lo expuesto estas comisiones elevaban para su aprobación el siguiente proyecto de:
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Créase el Programa de Prácticas Responsables del Deporte, dependientes de la Subsecretaría de Recreación y Deportes
Art. 2º.- El Programa tendrá como objetivo concientizar y brindar herramientas a los deportistas y profesores de gimnasios y/o grupos de entrenamiento físico recreativo en espacios públicos, a efectos de la incorporación de saberes y hábitos que promuevan la realización de prácticas deportivas en forma responsable, con el fin de reducir posibles riesgos y afecciones que el deporte conlleva.
Art. 3º.- El Programa contará con capacitaciones periódicas en temas relacionados a la correcta ejecución, planificación y evaluación de planes de entrenamiento, entre los que se incluirán las temáticas de primeros auxilios, prevención de lesiones, hidratación, nutrición, normativa aplicable, entre otros temas de interés.
Art. 4º.- Se podrán diseñar campañas educativas y de difusión, y por los medios que considere necesarios, en pos de llevar adelante el objetivo del presente Programa.