Se establece que aquellos trabajadores de la salud que sean mayores de 60 años, pero no se incluyan en los grupos de riesgo (diabéticos insulino-dependientes, EPOC, insuficiencia cardíaca, inmunodeprimidos, bajo tratamiento oncológico y embarazadas), en el marco de la emergencia sanitaria podrán quedar exentos de la licencia para mayores de 60 años (Decreto N° 259/20).
Concretamente, la norma dicta que en el sector de Salud, podrán «excluirse de la dispensa a la obligación de prestar servicios a quienes, perteneciendo al grupo etáreo en cuestión, desempeñen funciones de carácter esencial a criterio de los responsables de cada organismo», pero «con las mismas restricciones establecidas respecto a los factores de riesgo y siempre que no pueda arbitrarse el trabajo domiciliario».