Expediente 265492 del concejal Salinas.
Una iniciativa del edil Pedro Salinas, de Ciudad Futura, a quien acompañaron sus pares de bloque, María Luz Ferradas, Juan Monteverde, Caren Tepp y Jesica Pellegrini, se aprobó un decreto que encomienda al Departamento Ejecutivo que “atento a la urgencia de la situación planteada y en un plazo perentorio que no podrá exceder los 15 días, convoque a una mesa de conciliación a la cual se citará a los representantes de comercios, instituciones e industrias que encuadren en la tipología ‘grandes generadores o generadores especiales de residuos’, según lo estipulado por la ordenanza Nº 7.600/2003, y a los representantes de las empresas habilitadas para la prestación del servicio de recolección diferenciada, a los fines de arbitrar los acuerdos necesarios para retomar una correcta, justa y normal prestación del servicio”.
De igual modo se determina que el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Ambiente y Espacio Público y en articulación con el ente autárquico Servicio Urbano de Mantenimiento Ambiental Rosario (Sumar), elaborará un índice testigo de estructura de costos del servicio de recolección y transporte diferenciado de residuos, “a los fines de contar con una referencia técnicamente solvente para contrastar con las facturas expedidas por las empresas prestatarias del servicio”.
Asimismo se dispone que el Ejecutivo municipal “dictará los actos administrativos que considere pertinentes a los fines de regular normativamente la prestación del servicio”.
Expuso sobre el tema el concejal Salinas quien precisó que los comercios o industrias mayores a 85 metros cuadrados deben contar con recolección diferenciada de residuos y mencionó que hay 5 empresas autorizadas a prestarlo, pero una tiene el 80 por ciento del mercado, “Clean City, que aumentó 300 por ciento su tarifa”, para advertir la situación que podría generarse si al no poder pagar los comerciantes decidieron arrojar los residuos que generan en los contenedores.
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, atento a la urgencia de la situación planteada y en un plazo perentorio que no podrá exceder los 15 días, convoque a una mesa de conciliación a la cual se citará a los representantes de comercios, instituciones e industrias que encuadren en la tipología “grandes generadores o generadores especiales de residuos” según lo estipulado por Ordenanza N° 7.600/2003, y a los representantes de las empresas habilitadas para la prestación del servicio de recolección diferenciada, a los fines de arbitrar los acuerdos necesarios para retomar una correcta, justa y normal prestación del servicio.
Art. 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Ambiente y Espacio Público y en articulación con el Ente Autárquico SUMAR, elaborará un índice testigo de estructura de costos del servicio de recolección y transporte diferenciada de residuos, a los fines de contar con una referencia técnicamente solvente para contrastar con las facturas expedidas por las empresas prestatarias de este servicio.
Art. 3º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la Secretaría de Ambiente y Espacio Público, dictará los actos administrativos que considere pertinentes a los fines de regular normativamente la prestación de este servicio.